Cuando firme las escrituras de una sociedad limitada unipersonal, el notario me dijo que habia un plazo de 6 meses para incorporar a otro socio y que no fuera unipersonal, o declararla en hacienda unipersonal. Es esto asi?
Que ventajas tiene una u otra? El dijo que la unipersonal iba a renta y las otras a impuesto de sociedades.... esto no es asi no? las dos van a imp. sociedades, verdad?
Hola Laura,
El Notario no te informó correctamente, ya que puedes permanecer como unipersonal, no es necesario que incorpores otro socio.
Las ventajas que pueda tener una u otra opción son demasiado subjetivas como para exponerlas, en todo caso ten en cuenta que por el simple hecho de tener caracter de unipersonal NO tributará por IRPF (régimen de la transparencia fiscal), sino que tributará por Impuesto de sociedades.
Unicamente sería cierto lo que el te ha dicho en determinados supuestos tasados legalmente.