La muerte del socio no implica la desaparición de la sociedad. Por lo tanto, sigue siendo un patrimonio separado con personalidad jurídica independiente. El único problema será que el presumible administrador ha muerto.
Yo le aconsejo que solicite la administración judicial de la empresa si ha muerto el administrador y existe una falta total de gestión.
Los hijos aunque aceptaran de forma pura y simple no asumirían las deudas de la sociedad. Para ello, habría que declarar la responsabilidad de su padre como administrador de la misma, que desconozco si así fue el caso.
Buenas
estoy preparando una demanda por unos pagares impagados contra un S L unipersonal y, se positivamente que el socio único ha muerto. Poco antes de morir presentó concurso que no se admitió y esta recurrido. los herederos están peleados con el albacea y por lo que se, van a aceptar la herencia a beneficio de inventario. Veis que meta la demanda sin mas y ni siquiera mentar que está muerto? que pasaría?