una sociedad cuyo objeto social es la prestación de servicios de asistencia a las compañías aseguradoras que forman parte de su accionariado, le gustaría comenzar a comercializar los seguros de estas. Nuestra consulta es la siguiente: ¿podría esta sociedad constituirse en mediadora de seguros de sus accionistas? ¿sería suficiente con cambiar el objeto social en los estatutos y solicitar autorización a la DGS? ¿serían agentes de seguros vinculados a estas compañías accionistas o qué otro tipo de figura sería adecuada al caso? ¿en caso de que decidieran comercializar no sólo los seguros de los accionistas sino de otras compañías, se podrían constituir como correduría?