Tengo un local a mi nombre en alquiler, estaba pensando en montar una S.L. para el cobro de ese alquiler pero dejando el local a mi nombre (como persona física). Mi duda la tengo a la hora de cobrar a través de la sociedad es necesario que la sociedad me pague como propietario una cantidad?
O simplemente se reparten los beneficios por la "cesión del alquiler"