Tengo una sociedad civil inscrita con un socio, con una participación del 50%. Mi socio quiere abandonar la sociedad, y trasparme el 25% de sus participaciones. El otro 25% lo traspasaría a un empleado de la sociedad sujeto al régimen general de la Seguridad Social, que no seguiría ejerciendo exclusivamente las tareas propias de su puesto. En estas condiciones, ¿podría nuestro empleado continuar sujeto al regimen general o por ser una sociedad mercantil irregular se vería obligado a cambiarse al RETA? Gracias