El caso es seguiente: Hay constituida una sociedad civil particular por dos socios, se traspasa la sociedad a una tercera persona i uno de los antiguos socios reclama al otro una cantidad de dinero por aportaciones realizadas por la sociedad a una cuenta corriente privativa del otro socio. Hasta que punto puede hacerlo? Se da la circumstancia que en esa cuenta privativa se giravan facturas de proveedores de la sociedad. el socio que reclama dice que eran deudas contraidas por el otro socio con anterioridad a la constitucion de la sociedad.