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Sobreseimiento en diligencias previas y aportación de nuevos documentos en recurso

6 Comentarios
 
08/03/2015 13:12
De excelentísima ayuda me has sido. Muchas gracias Juan Carlos.
08/03/2015 11:28
Lecrim, recurso de apelación contra Resolución Judicial:

"Artículo 231

Las partes podrán presentar, antes del día de la vista, los documentos que tuvieren por conveniente en justificación de sus pretensiones.

No será admisible otro medio de prueba."
08/03/2015 10:43
Agradecido de nuevo, de todas formas, como parece que no me he explicado bien lo aclaro:

- No se aporta el historial de Firefox sino unos partes de trabajo que en su momento visionó mi cliente en su portátil y que no pudo imprimir (ni guardar). Parece que se quedó sin batería. Lo que no tuvo en cuenta (ni yo tampoco) es que tenía configurado Firefox para que se guardara todo lo visionado... así que haciendo una búsqueda en el historial, ha recuperado ese y tropecientos mil ficheros pdf que van desde extractos de la tarjeta a artículos varios (algunos se reconocen por el nombre y otros no).
- La cuestión principal era si había algún artículo (ante la insistencia de mi compañero) que dijera expresamente que una vez que el instructor había sobreseido provisionalmente y daba plazo para los recursos (reforma y/o apelación) en el marco del procedimiento abreviado, impidiera que la parte actora pudiera aportar algo nuevo (documental) para justificar la necesidad de continuar con la investigación y levantar el archivo.
De nuevo, gracias por tu interés.
08/03/2015 09:17
Lo del historial de Firefox me parece un poco melífluo como material probatorio, pero ni tu compañero ni yo podemos sustituir una actuación judicial por una opinión sobre la misma, y un juez no puede tomarse como falta de respeto la actividad legítima de una parte.
En penal, la mayor parte de los plazos para las aportaciones documentales se los inventa el juez, y no puedes imaginarte ya la respuesta y no hacer las cosas, como en el chiste del gato. Presenta lo que tengas y que sea el Tribunal ad quem quien decida sobre el particular. No hace falta que invoques ningún principio constitucional ni leyes adjetivas. Ya nos contarás.
07/03/2015 22:42
Muchas gracias por tu respuesta. Reitero de todas formas que el documento no es exculpatorio sino al revés. Por otro lado, yo entendía que el art. 766.3 LECri lo dejaba claro al hablar de los documentos justificativos de las peticiones formuladas... pero es que un compañero me ha remarcado en varias ocasiones que no... Y lo que no quiero es que parezca que hemos estado jugando con el instructor y no que el documento ha aparecido posteriormente al darse cuenta de esa posibilidad (lo del historial del Firefox).
07/03/2015 19:52
En Derecho Penal no existe el concepto de preclusión para los aportes documentales. Solo faltaría que una prueba exculpatoria fuese rechazada por estar los documentos presentados fuera de un plazo. Los que hay en Instrucción tienen como propósito que el gobierno del asunto no esté en manos de una de las partes personadas, pero en ningún caso para lo que planteas. Por tanto, puedes presentar lo que quieras, no hay ninguna norma que te lo prohíba, y ya será el Tribunal que entiende del recurso quien se pronuncie sobre el particular.
Sobreseimiento en diligencias previas y aportación de nuevos documentos en recurso
06/03/2015 12:38
Buenos días:

Tengo el siguiente problema
1.- Un particular (trabajador) acude a mi porque ha detectado que en sus partes de trabajo de su empresa que tiene adjudicado un contrato público, aparecen horas que no ha trabajado. El parte de trabajo está descargado por Internet y no hay acceso a él.
2.- Ante la duda de que se diga que ha sido él el que ha hecho ese documento (por un tema de acreditar que le corresponden una serie de derechos laborales como el reconocimeinto de cesión ilegal de trabajadores), presento denuncia por falsificación de documento y malversación de caudales públicos (pero no aporto esos partes) sino que se dice que se han visto por el denunciante pero que no ha podido imprimirlos porque los vió con el portátil y no tenía una impresora cerca. Pido una serie de diligencias.
3.- Se declara el sobreseimiento provisional sin realizar más actuación que la declaración del denunciante.
4.- Hemos comprobado que a través del historial de Firefox almacenado en el portátil se pueden sacar los ficheros PDF con esos partes de trabajo.

Mi pregunta es, ¿puedo aportarlos ahora en el recurso de reforma y/o apelación?, ¿hay algún límite procesal para aportación de nueva documental que se vaya recuperando por parte del denunciante que tiene 100.000 archivos PDF y cuyos nombres suelen ser del tipo CF12345... que no dan inicialmente idea de qué son?.

Muchas gracias por vuestra ayuda. Y mis disculpas por haberlo puesto también el foro penal.