Buenos días a todos y gracias de antemano por vuestra atención. Necesito que me echeis un cable con un procedimiento. Tengo un cliente que en el 2009 le fue suspendida una pena de un año de prision por un delito de estafa, pero a raiz de eso le llego una notificación del juzgado sobre otro asunto de estafa del año 2005 que en su día quedó sobreseido(ya que el supuesto perjudicado retiro la denuncia pq se le devolvió la cantidad presuntamente estafada), sin embargo se reabrió a peticion del fiscal. Asi que ahora en mayo tenemos el juicio oral de este asunto, la cantidad presuntamente estafada son 4000 € pero que se devolvieron (casi inmediatamente de presentar la denuncia el perjudicado) en su día, como ya he comentado, y el fiscal le pide 3 años de carcel, aunque a mi entender no hubo un animo de estafar sino de ayudar a conseguir el permiso de residencia y trabajo a traves de la constitucion de una sociedad. El perjudicado ya manifestó que el no tiene interes en el asunto puesto que se le devolvió dicha cantidad, pero mi preocupación es que por culpa de la posible condena que le vayan a imponer en este procedimiento a mi cliente se interrumpa la suspension de la anterior pena. Creeis que deberia alargar y continuar con el procedimiento agotando todas las instancias hasta conseguir cancelar los antecedentes (los de 2009) de mi cliente? y en caso de proceder de esta forma, podría cancelar dichos antecedentes el año que viene?(es que de la lectura del 136 del CP solo me surgen dudas) Tengo algún resquicio procesal al que atenerme para dilatar mas este ultimo procedimiento? Soy novata y creo que me viene grande todo, agradecería que me dieseis luz. Un saludo
En primer lugar, muchas gracias crispulop por interesarte.
Y en segundo lugar, sí, el fiscal recurrió el sobreseimiento y solicitó nuevas pruebas en 2009. Pero no existía ningún motivo (excepto el del anterior procedimiento en el que se suspendió la pena durante dos años, y el auto de suspensión es de 2009) por el cual solicitar nuevamente la reapertura de este procedimiento. Supongo que al existir dicha condena el Fiscal de este segundo procedimiento que estaba sobreseido consideró que existián indicios de criminalidad, no?Me he explicado bien?
Buenas tardes,
La cuestión es más fácil de lo que parece. Lo importante es no delinquir durante en tiempo de suspensión de la condena, no que durante el mismo se imponga una sentencia condenatoria. La esencia de la figura de la suspensión es que el reo no cometa un nuevo delito durante la suspensión, a sabiendas de que ha sido ejecutoriamente condenado por otro. Por lo que comentas, la condena que está suspendida es del año 2009, y los hechos que ahora se juzgarán son anteriores. Siendo anteriores a la condena de 2009 no afectarán a la suspensión, a mi modo de ver. Cuestión distinta es que si hay que suspender la pena por los hechos de 2005 tendrá unos antecedentes penales, que creo que aún no puedes cancelar, los del 2009, y eso sí que le afectará si hay que suspender la condena por los hechos de 2005. Lo esencial pues, es volver a delinquir durante el periodo de suspensión de la condena, cosa que no le pasa a tu cliente porque los hechos son anteriores al momento en que se dicta la sentencia por la que se le concede la suspensión.
Saludos cordiales y ánimo que no te veo tan novata.
lexnova1@gmail.com