Buenas tardes.
Tenemos un vendedor con más de 10 años de antigüedad que hace tres meses no nos entregó el dinero procedente de una venta, unos 6.000 Eur que sepamos entre varias operaciones, y resulta que aunque en su día lo confirmó ahora dice haber hablado con los sindicatos y que claro, que irá a juicio (por aquello del in dubio pro operario) al tener la carga de la prueba nos imaginamos que se inventará cualquier justificación (ese dinero lo entregué en mano a un compañero, este otro lo dejé encima de la mesa al llegar, etc...) la cuestión (y lamento el versículo) es que un día quiere negociar dos meses y paro y al día siguiente quiere ir a juicio, tenemos documentos falsificados por él y los clientes podrán decir que le pagaron, pero... tenemos alguna posibilidad? hay que tener en cuenta que no queremos que siga en la empresa por falta de confianza y porque mañana nos podría coger "depresión" o caerse y denunciarnos e indemnizarle después de su falta nos supone el cierre en los momentos actuales. Gracias de antemano, un saludo a todos.
Si tienen pruebas de que se ha apropiado indebidamente de dinero, que ha falsificado documentos, etc.etc. ya están tardando en despedirle.
Si vds prueban que ha recibido el dinero, el que tiene que probar que lo ha entregado a la empresa es él. Las posibilidades que tiene él son inversamente proporcionales a las pruebas que tengan vds.
Personalmente, además, yo iría por la vía penal.
Bueno..., en primer lugar según la ley de procedimiento labora indica que el que alega es el que tiene que demostrar, a excepción de una serie de supuestos en los que la carga probatoria se invierte. Una vez dicho esto, si usted puede demostrar lo que dice, puede basar su despido en la transgresión de la buena fe contractual
Hola:
¿Desde cuando les consta a Ustedes que hiciera el trabajador las ventas por importe de 6.000,00 €?
Según las normas de la empresa ¿Cuándo tendría que haber entregado los 6.000,00 €?
Un saludo
Efectivamente, lo primero sería ir por la via penal y a partir de ahí ir al despido.
Eso, teniendo bien claro que pueden demostrarlo, ya que, en caso de despido, la carga de la prueba es para la empresa.
SALUDOS.