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sobre un despido

3 Comentarios
 
Sobre un despido
13/04/2004 23:24
Hola. Necesito ayuda urgente, por favor. MI marido lleva trabajando 9 años en una empresa y esta misma mañana, estando en su dia libre, le han llamado para que se presentara ante el jefe de personal. Cuando ha ido le han dicho que estaba despedido, alegando que la empresa está pasando por dificultades económicas y que era necesario reducir plantilla; que no era el único, que estaban despidiendo a más trabajadores. Le han dicho el finiquito que le correspondía, con la correspondiente indemnizacion de 20 días por año trabajado. En ningun momento le ha dicho que la empresa había presentado un expediente de regulacion de empleo, y tampoco le han dado ningun documento escrito donde se notificara el despido. No obstante, y como otra opcion en lugar del despido,le han ofrecido quedarse en la empresa pero en un puesto mucho mas inferior al que se encontraba, y le han dicho que se lo pensara esta noche y que mañana se presentara allí mismo con la decision.
Si la causa del despido fuera realmente una causa objetiva por una dificil situacion economica, ¿como podemos saber si realmente han presentado el correspondiente expediente de regulacion?
En caso de que lo hayan presentado, ¿ha de firmar la carta de despido (que aun no le han dado) o puede negarse a ello y demandar por despido improcedente? Si demandara, ¿cuales podrían ser las consecuencias en caso de que finalmente se declarara procedente?.
Por otra parte, creo que si es por regulacion de empleo, deberian darle 30 dias de preaviso, respecto de lo cual tampoco le han dicho nada.

El problema es que aun no sabemos a ciencia cierta cual es el motivo de despido porque no le han entregado ninguna notificacion escrita.
Si finalmente la causa es por disminucion voluntaria del rendimiento en el trabajo por parte del propio trabajador (causa que consideramos totalmente injustificada) ¿que deberia hacer? ¿cual es el procedimiento a seguir y donde se ha de presentar la denuncia?
En tal caso ¿deberia ir a trabajar con normalidad mientras no haya firmado la carta de despido?

Ya se que son muchas preguntas, pero les agradeceria muchisimo que me aconsejaran lo antes posible, ya que mañana mismo deberia tomar una decision al respecto.

Muchas gracias por anticipado.
14/04/2004 11:00
Lo que tiene que hacer es no firmar absolutamente nada y poner la correspondiente demanda para conseguir el despido improcedente.

Para cubrirse en temas de plazos de preavsio es muy posible que le pongan por delante una carta con fecha falsa.

Recuerda: ya está despedido y ya no hay nada que perder. Por tanto A POR TODAS. Eso significa no sólo lo suyo sino también denunciar en inspección las situaciones irregulares que sufra toda la plantilla.

Con respecto al despido procedente puedes estar tranquila. Es prácticamente imposible que lo consigan si el ha cumplido en su trabajo. Respecto al "bao rendimiento", es una coletilla que ponen en prácticamente todas las cartas de despido de ahora. PERO TENDRÁN QUE DEMOSTRAR FEHACIENTEMENTE:

1- La realidad de ese bajo rendimiento. Los testimonios a favor de la empresa de otros empleados se los pasa el juez por ahí.

2- Que ese bajo rendimiento era doloso y tan grave que fue casusa de la máxima sanción: el despido disciplinario. Lo suyo si fuera verdad sería haberle puesto antes otras sanciones y ya en último término el despido.

El despido procedente llevaría no tener indemnización. Pero piensa que si fuera posible en tu caso ya lo habrian hecho para no pagar los 20 días. Tranquila que no lo lograrán.

En cambio si conseguís el despido improcedente os llevareis 45 días de idemnización por año trabajado. En vuestro caso casi año y medio de sueldo. Mucha $$$$ para renunciar a ella.

Eso de que se lo piense y conteste al día siguiente... están buscando quitárselo de encima y que NO LE DE TIEMPO A ASESORARSE. No tiene por qué contestar cuando ellos digan. Si quieren, que te comuniquen el despido (MUCHO OJO CON LA FECHA DE LA CARTA) y luego tu procedes contra el. Si no le firmas el finiquito no te impide nada cobrarlo luego en la demanda aunque la perdieras (cosa que no sucedera) y tampoco te impide inscribirte en el paro inmediatamente.

Aparte, leeros bien el convenio por si procede reclamar otras cosas de las últimas 12 nóminas: pluses, categoría, antigüedad, nocturnidad... cantidad de cosas que a lo mejor se han olvidado de pagaros.
14/04/2004 11:24
Hola silvia:
Los despidos individuales por causas objetivas están regulados en el art. 52 y 53 del Estatuto de los Trabajadores y no necesitan expediente de regulación de empleo ya que este es un requisito para los despidos colectivos. No obstante, se exige la observancia de los requisitos siguientes:

- Comunicación escrita al trabajador expresando la causa.
- Poner a disposición del trabajador, simultáneamente a la entrega de la comunicación escrita, la indemnización de 20 días por año y con un máximo de 12 mensualidades.

- Concesión de un plazo de preaviso de 30 días desde la comunicación hasta la extinción.

Contra la decisión extintiva se puede reclamar como si se tratara de un despido disciplinario. La reclamación se debe hacer ante el SMAC.

Lo mejor es que te asesores en un profesional del derecho laboral o en los sindicatos de tu sector.

Saludos.
14/04/2004 16:27
Muchisimas gracias a los dos. De verdad que nos habeis ayudado mucho.

Saludos.