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Sobre sueldo estando de baja

2 Comentarios
 
Sobre sueldo estando de baja
02/04/2007 09:53
La consulta es sobre mi mujer. Ella trabaja como administrativa en el Gobierno Vasco Por temas de acoso, mobbing laboral, cayó victima de depresión y otras enfermedades de tipo psicologico.. ha estado cobrando una incapacidad, volviendo al trabajo el 1 de marzo...a los diez dias le rebrotó la enfermedad, cogiendo la baja medica dada por medico de la SSocial nuestra sorpresa es que le dicen que como es la misma enfermedad o diagnostico no cobra nada , ni por parte de la empresa ni por parte de la seguridad social.. es esto cierto?? es posible que una persona enferma, con baja medica, no cobre nada y quede en situacion de indefension economica?? me parece que va contra la minima conciencia social esto, me gustaria que me contestaran, gracias
02/04/2007 11:52
No puedo mas que decirte que es cierto.Tu mujer no puede caer enferma de la misma enfermedad hasta que pasen seis meses.Que así se haga y así se escriba.Firmado:Faraon Calderef I.
La seguridad social se presume que es un sistema solidario y asi se hartan de decirlo nuestros poliicos,pero solidario ¿para quienes?.Piensa un poco y obtendras la respuesta.
02/04/2007 15:15
Hola.

En tu consulta no mencionas si tu mujer agotó el período máximo de duración de la incapacidad temporal. Y es un dato importante para su consideración como recaída o no.

La seguridad social, referente a la incapacidad temporal, dice que la duración de la IT será:

- En caso de accidente o enfermedad, cualquiera que sea su causa, 12 meses prorrogables por otros 6 cuando se presuma que, durante ellos, el trabajador pueda ser dado de alta médica por curación.
- En caso de períodos de observación por enfermedad profesional, 6 meses prorrogables por otros 6 cuando se estime necesario para el estudio y diagnóstico de la enfermedad.

A efectos del período máximo de duración y de su posible prórroga, se computarán los de recaída y de observación.

RECAÍDAS: Extinguido el derecho a la IT por el transcurso del plazo máximo y habiendo sido dado de alta médica el trabajador sin declaración de incapacidad permanente, sólo podrá generarse un nuevo proceso de IT por la misma o similar patología si media un período de actividad laboral superior a 6 meses.

Un saludo.