Hace algunos años me compré un piso con la que ahora es mi mujer. Como imagino que todos, al hacer la hipoteca nos "obligaron" a hacernos un seguro de vida para cubrir la hipoteca en caso de muerte.
El caso es que 3 años después me diagnosticaron una grave enfermedad, debido a la cual me concedieron la incapacidad permanente absoluta. Al concedermela el seguro de vida se canceló y se liquidó la cantidad asegurada. Dicha cantidad equivalía a la parte de mi mitad del piso que quedaba por pagar. Es decir mi mitad de la hipoteca quedó automáticamente pagada. Y actualmente estamos pagando lo que queda de la mitad sin pagar de mi mujer.
Tenemos problemas de pareja y mi mujer quiere pedir la separación. Aunque no quiere quedarse en nuestro piso. Estamos casados en Cataluña en régimen de separación de bienes.
Mi duda es la siguiente:
- En caso de que vendiéramos el piso a un tercero o me lo quedara yo... ¿se supone que yo ya he pagado mi parte de la hipoteca y yo cobraré mi mitad completa de la venta no?. ¿O aunque yo haya pagado mi parte de la hipoteca en la venta da igual porque vamos a partes iguales?.