Buenas noches:
En el portal de mi madre estan en obras por instalación de ascensor, han quitado los buzones del lugar que ocupaban y se ha nombrado una vecina como voluntaria para recoger el correo de todos, a mi madre nadie le ha preguntado nada.
¿ No es ilegal esto?. Espero ayuda. Un saludo a todos.
Como ya he dicho No hubo tal reunión, lo decidieron porque si, pues en su edificio parece que únicamente viven 2 personas en vez de 8. Ella está de alquiler, y yo creo que no es legal que su correo lo recoja nadie pero no se si hay alguna ley concreta que asi lo recoja de ahi que pida ayuda. Un saludo.
Esto es un caso de total irregularidad y falta de responsabilidad, que incumple con la Normativa de Correos y con la Ley de Proteccion de Datos.
La vecina que recoge el correo, ha incurrido en un grave delito al recoger correspondencia de otros vecinos que ella no tiene que conocer.
El presidente de la Comunidad tambien ha incurrido en grave responsabilidad, al permitir que se retiren los buzones sin comunicacion previa a cada propietario y vecino.
El cartero de zona esta cometiendo un falta grave, al entregar el correo a otra persona y se le puede denunciar ante el responsable de carteria de Correos.
Creo que es oportuno presentar una denuncia en el Juzgado de Guardia o en la Policia.
No se ha incurrido en ningún delito ni se ha incumplido la ley de protección de datos ni el cartero ha incurrido en ninguna irresponsabilidad. Sería delito si se procediera a la apertura, pero la simple entrega no da lugar al tipo delictiva y la ley de protección de datos está para otras cosas diferentes a estas. Para que lo veais claro sin necesidad de tener que recurrir a la legislación, es el caso de los porteros de edificios donde en gran parte de ellos se reparte el correo en mano, sería ni más ni menos que el mismo caso
Si se han quitado los buzones por necesidad de la obras, como parece ser, de alguna forma se tiene que ser entregada la correspondencia.
Tendrían que haber convocado una reunión para decidir la forma pero de infracción penal o administrativa no tiene nada y no vayas a la policia o al juzgado de guardia sino quieres perder el tiempo.
Te aventuras a muchos consejos, Lexis, que pueden producir perjuicios si te hacen caso, eso es una gran irresponsabilidad por tu parte.
he de decir que me puse en contacto via teléfonica con correos y un señor me dijo que lo que podia hacer era enviar una carta al Jefe de distribución de correos de mi ciudad explicandole el caso y con los datos de mi madre la firma y copia de DNI pedir que hasta nuevo aviso dejen las cartas en la oficina que el nos diga. Eso hemos hecho haber ahora. En cuanto a lo del portero Leconso, es un asalariado al que estas pagando por ello y además en el momento que compras tu vivienda o decides tenerlo ya sabes. Lo que es bien distinto es darle tus cartas a una vecina, encima la mas cotilla del edificio, las cartas vienen con membretes bien de los bancos o de lo que sea y a esta buena mujer no le importa quien escribe a mi madre, eso creo que si entraria en la protección de Datos, porque estaría bueno que encima las abriera...por cierto ¿¿el cartero no debería hacer firmar a esta señora la cantidad de cartas que le entrega??, ¿¿y si se le extravia alguna quien responde, el cartero o la Sra.??, porque le diré que estaba pendiente de recibir una carta, que no viene certificada, y nada de nada...En fin creo que con esto que hemos hecho tenemos solucionado el problema.
Sigo diciendo que a mi no me parece legal y yo creo que incurren en algún tipo de delito. Gracias y especialmente a Lexis que le vengo siguiendo en los foros y me parece un forero bastante sensato.
Estoy contigo GUS, el problema es que nadie (ni en correos ni las asesorias legales) es capaz de aclararse.
Yo tengo el mismo problema, inclusive he comunicado al la Comunidad que he recibido correspondencia abierta y otra la he recogido de la papelera. Pero como no puedo demostrar nada, la unica solucion que se me da es que desvie mi correspondencia a un apartado, claro pagandolo de mi bolsillo.
En todo esto creo que falla algo, y no consigo averiguarlo.
Ya he hablado con el jefe de reparto de mi zona, y me dice que si la comunidad no le deja pasar a mi buzon individual, lo único que puede hacer es dejar retenida mi correspondencia, y que yo me pase a retirarla (creo que es una salida facil para el jefe de zona).
Y tambien me gustaria que me aclararais, si no es una intromision en la vida privada que cualquier persona (sin contar el personal de correos) pueda conocer quienes me envian cartas, y creo que la obligacion de correos (o cualquier distribuidor) es entregar al destinatario su correo (para eso estan los buzones individuales).
Estoy contigo OTRO VECINO, pienso que sino para que tenemos buzones con uno seria suficiente no?, y que cada cual se sirviese. Bueno yo ya solucioné lo del de mi madre tiene que pasar a recoger el correo por la oficina mas cercana a su domicilio. Lo cierto es que correos cuando quiere es rápido, la carta la entregué el Lunes y al dia siguiente por la mañana, a las 9 para ser exactos, se pusieron en contacto via telefonica con mi madre le dijeron que ningún otro vecino se habia opuesto a ese tipo de recogida, y digo yo ¿a nosotros que nos importa la decisión de los demás?, ya le exponiamos en la carta nuestras razones, lo que debería haber hecho era únicamente comunicarle la Oficina que le correspondía y punto. Ahora cuando vuelvan a estar los buzones en su sitio otra cartita....
En este caso Leconse tiene toda la razón, tened en cuenta que los que han opinado lo han hecho desde la óptica de lo que creen "creo que debe ser algún delito", etc...
Pero si nos atenemos a la legislación no existe ninguna irregularidad
El delito se produciría en caso de apertura de cartas.
En cuanto a la protección de datos, el mero hecho de que sepa quien te escribe no vulnera tal ley.
Tenéis que contestar más desde la legalidad y menos desde las creencias en lo que deberia ser, como se dice en teoria del derecho "una cosa es el debe y otro muy diferente el ser, lo mejor es que el debe y el ser coincidan, pero en derecho no siempre sucede"
El problema reside en que la interpretación de lo de la Confidencialidad, Protección de Datos, etc, queda en manos de SS.
Recuerdo de Primero:
Para ganar un Juicio, tres cosas son menester.
La primera, la razón tener.
La segunda, exponerla saber.
Y la tercera, y única importante, que SS te la de.
Y voy a abundar en tu opinión con un argumento de la LEC:
La comunicación de una actuación judicial. ¿Acaso no la pueden entregar a un vecino, con el apercebimiento de la obligación de entregartela?. Y con eso sabe una de las coas que mas joroba a un españolito corriente: al del quinto le han empapelado.
Ante todo aclarar que no soy abogado, ni tengo conocimientos de derechos, por tanto mis opiniones algunas veces son emitidas desde la ignorancia, pero son solo eso opiniones.
Lo que decia, es que no me parece justo que la soucion pase por que yo tenga que despalzarme a la oficina de correos a retirar mi correspondencia , en base a que siempre he creido que es mi derecho el recibir la correspondencia en mi buzon.
El problema es que correos no es la unica que distribuye correspondencia, y me tocará pasearme por todas las empresas distribuidoras.
Cuando lei la normativa que regula la distribucion, interprete que estaba en mi derecho, por ello siempre he pensado que la Comunidad de Vecinos no puede decidir nada en contra de otra Ley y mas si vulnera mis derechos.
Gracias, una opinion mas, OTRO VECINO.
Además de que javier tiene razón, sólo añadir una cosa más:
Como dice Gus: "Estoy contigo OTRO VECINO, pienso que sino para que tenemos buzones con uno seria suficiente no?, ", pues curiosamente en el apartamento que tengo de veraneo sólo hay un buzón donde se meten las cartas de todos los vecinos, dado que es de veraneo la gente normalmente tiene como dirección su domicilio, pero eso no evita que la gente que vive allí reciba su correspondencia junta y que todos los vecinos tenemos las llaves del mismo buzón, así que imaginad.
Os indico la Normativa que regula la distribucion de la correspondencia, por si me podeis ayudar. Ante todo GRACIAS.
REAL DECRETO 1829/1999, DE 3 DE DICIEMBRE (BOE 31/12/99). Art.32 al 38 (entregas)
Os agradeceria mucho que me aclararais, si mi correspondencia se puede dejar en manos de cualquier vecino.
Después de leer dicha normativa, yo sacaría dos conclusiones (corregidme si me equivoco).
1.Correos sólo está obligado a hacer llegar la carta a la dirección indicada, pero no está obligada a entregarla a la persona que indique el destino, ya que sólo será obligatorio que conste DIRECCIÓN, CP Y CIUDAD, siendo el nombre y apellidos del destinatario opcional.
2.En caso de comunidades que no dispongan de buzones independientes (artículo 34 para más exactitud), la comunidad deberá establecer la forma de entrega del correo y avisar a CORREOS de ello, en caso contrario, el correo deberá ser recogido por los titulares en la oficina postal más cercana.
Es decir, si la comunidad estableció que una persona se encargase de recibir el correo y la oficina postal correspondiente fue avisa por escrito de ello,se considera legal.
Pero lo dicho, si alguien lo interpreta de otra forma...
Saludos
Ok Popes, no dudo que esto sea asi, tengo entonces una extraña sensacion, y os cuento;
mi comunidad decide por mayoria que la correspondencia se deposite en un buzon general, el cual solo se tiene acceso desde dentro del portal y solo podemos los vecinos.
Bien, he comunicado a la Comunidad los problemas que tengo con mi correspondencia, correo abierto, tirado en la basura, comunicaciones de entidades de cartas devueltas, pero les da lo mismo mis problemas (que cada uno saque sus conclusiones, pero blanco y en botella).
Correos me dice que no me retiene mi correspondecia, que contrate un apartado.
Pero con otros distribuidores, la unica solucion es que devuelvan mi correspondencia al remitente.
Como veis me cuesta trabajo con dar con una solucion, si me podeis ayudar os estaria muy agradecido.
Resido en mi barco en una marina, que es mi única dirección. Después de dos años residiendo en la marina la administración decidió que el portero ( conserje ) ya no recibiría correspondencia ni paquetes en nombre de los residentes de la marina. ¿Esta determinación está respaldada legalmente?