Hola amigos. Debido a los impagos que tiene nuestra empresa vamos a declararnos en quiebra. Mi duda es en que repercute sobre el avalista de la empresa ya que al delararnos en quiebra tampoco podremos continuar pagando el prestamos y las polizas. Tambien e cuanto tiempo dispondria para poder realizar lo que fuese necesario para que al avalista no le mbargaran los bienes. Gracias
me pasa casi lo mismo, la empresa a declarado concurso de acreedores, el problema que tiene el avalista de prestamos y polizas es que el banco se le echara encima para que responda el. mi empresa esta en concurso, los pagos anteriores a la declaracion del concurso quedan de alguna forma suspendidos o paralizados hasta que se llegue a un acuerdo, pero el banco paraliza la deuda con la empresa pero para eso tienen al avalista, para que en este caso responda el o sigue pagando y si no pueden llegar a embargarle los bienes. Si tienes tiempo suficiente hablalo mejor con un abogado que te podra asesorar, no lo tomes a la ligera ya que si se quita las propiedades y las pasa a nombre de otra persona o algo asi creo que podrian denunciarle por levantamiento de bienes. No soy profesional pero me esta ocurriendo practicamente lo mismo y es un infierno. Dejalo todo muy bien amarrado y asesorate bien antes de dar un paso en falso.
Espero que todo te salga bien.
Un saludo.
Hola.
Es importante considerar que la Ley Concursal fija la posibilidad del CONCURSO DE ACREEDORES (figura que unifica las antiguas quiebra y suspensión de pagos) para personas tanto juridicas (EMPRESAS, SOCIEDADES) como para PERSONAS FISICAS.
Es decir, ante una situación de INSOLVENCIA (que puede venir dada, como en este caso, por las obligaciones contraidas como avalista) la persona fisica puede también solicitar el concurso de acreedores, con los mismos efectos y finalidad (protección del patrimonio) que en el concurso de acreedores de persona juridica.
Si quieres puedes contactarnos en dikaionabogados@gmail.com. Estudiamos el caso sin coste.