Estoy dada de alta con un contrato temporal de 6 meses que en ningun momento firme via escrito -tengo entendido que es obligatorio-, el contrato venció el jueves pasado y me comunica la empresa que lo prolongan 15 días, cosa que evidentemente tengo que aceptar y que el dia 3 finalizo mi relacion laboral.
Quisiera que alguien me explique si esta prolongacion se atiene a derecho, he buscado por internet pero no he encontrado nada y cuales serían mis derecho.
Si no recuerdo mal, todos los contratos temporales deben realizarse por escrito. Es más, creo que el único que podría realizarse verbalmente es el ordinario por tiempo indefinido.
Los contratos eventuales por circunstancias de la producción (402) deberán formalizarse por escrito cuando su duración sea superior a cuatro semanas o se concierten a tiempo parcial.
Pues en mi caso, ni firme nada en su momento asi que no se que habrán dado de alta porque no tengo copia, ni he firmado nada tampoco respecto a los 15 días. ¿Que derechos me asisten al respecto?
En mi opinion , la falta de forma escrita , te convierte en indefinida desde el primer dia , como dice activo , los contratos temporales es obligatorio hacerlo por escrito , cuando te den la carta de final de contrato ,........demanda por despido
saludos
Al menos, como ya te ha dicho JM30, tienes la posibilidad de demandarles por despido improcedente con derecho a indemnización de 45 días de salario por año trabajado.
No, no son ciertas. Segun el 402 Circunstancias de la Producción, bien, yo he hecho el mismo trabajo estos 6 meses con ese contrato y anteriormente, en la misma ubicación, etc... lo único que ha cambiado es la empresa y el tipo de contrato.