Ya tranquila ya me lo ha comentado la abogada. Solo pueden hacerlo únicamente una vez. A la segunda vez, el juez no les deja y se haría juicio por desahucio.
Ojo!, si los inquilinos pagan antes del momento de celebración del juicio pueden enervar la acción y pueden evitar el desahucio, con lo que no los podría echar fuera que es lo que usted quiere. Así que yo le aconsejaría requerirlos previamente por vía notarial (aunque le cueste algún dinerillo) porque al requerirlos notarialmente no podrían enervar la acción posterior y podría echarlos fuera.
Si ahora he ido y me ha hablado de que la denuncia que va a hacer ella, es una de desahucio por falta de pago de las rentas. Ella me ha comentado que lo que primero va a reclamar va a ser las rentas que se me deben. Yo le he dicho que quiero a los inquilinos fuera. Pero ella, me ha comentado, que para echarlos, hay que echarlos de acuerdo a una falta de pago de las rentas, que aparecen en el contrato de alquiler. Y como ellos han incumplido un contrato pactado el día 1 de octubre 2008. Por eso por un lado, no me van a pagar, ni a mí ni van a depositar el dinero en el juzgado.
Ella me ha comentado que en el caso de que no paguen, se procede al desahucio.
Mañana tengo que firmar la denuncia, y me ha dicho que ya me explicará más, del proceso que lleva.
La verdad no sé de que denuncia le habla la abogada, puesto que con un simple desahucio por falta de pago más acumulada reclamación de rentas, en un solo juicio puede lanzar los inquilinos y a la vez reclamarle las rentas que le adeudan(pues tiene todos los documentos que le hacen falta: contrato, burofax, abogado, procurador). El juicio ha de ser un verbal pregúntele a la abogada si esa comparecencia que ha de hacer usted se trata ya de la vista oral que se hace en el Juzgado (en ese procedimiento verbal) y si se trata de un Juicio verbal que es el que usted ha debido interponer.
Bien el contrato es de fecha 1 de octubre del 2008. Empece a tener problemas con el pago de los inquilinos, los meses de enero febrero y marzo del 2009. El día 13 de marzo mando ella, el correspondiente burofax. de requerimiento de pago. Al no haber respuesta de los inquilinos fui, el día 20 de marzo, para ver qué pasaba. Ella me comento que no había recibido ningún mensaje por parte de ellos. Por lo que me dijo que el 23 de marzo iniciaría el proceso de denuncia. Para lo cual, me pidio contrato, copia del burofax, y algunos recibos que no habían pagado. Esta semana, me llama el día 30 de marzo y me comenta que el día 6 de abril tengo que ir al juzgado de primera instancia de Estella Navarra, a firmar la denuncia.
Luego me comento que algo de 20 días, que se traducen en 1 mes. No sé que al principio se necesitaría abogado de oficio. luego que no erá necesario...
Rosalin qué opinas. Yo para el viernes irá a firmar la denuncia. Luego lo que me diga ya lo comentaré en estos foros.
Soy abogada e intentaré aclararle algunas dudas.No aclara bien de qué fecha data el contrato de arrendamiento para saber qué legislación le es aplicable. No obstante, si es posterior al 1-1-1995 puede iniciar un desahucio por falta de pago ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde esté la vivienda, una vez que dice le ha requerido vía burofax las cantidades adeudadas.
Este procedimiento irá por un juicio verbal que se celebra en un acto y en un plazo más o menos de 6 meses estarán fuera los inquilinos,( depende de qué juzgados, puesto que conozco de otros que llegan al año). No obstante, su abogada ha tardado mucho en iniciar el procedimiento judicial. Si no tiene dinero para pagar uno privado busque en el colegio de Abogados de su provincia que le asignen uno del turno de oficio.
Como sabéis todos, tengo un piso alquilado; en el que no se me paga la renta, ni gastos afines (luz, gas, comunidad...). Mi abogada, les mando primero un burofax. No hubo contestación, y el día 16 de marzo les dije que iniciará el procedimiento para la denuncia. Bien, el pasado lunes, 30 de marzo, me llama para comunicarque que el viernoes ( 3 abril ); tengo que ir al juzgado de primera instancia a firmar la denuncia. Luego me empezo a comentar, que esa denuncia se manda del juzgado de primera instancia al juez de paz del ayuntamiento; que tardaba 20 días laborables, es decir cerca de 1 mes. Que erá un juicio rápido, que lo que mas tardaba erá el papeleo. Luego me comento que había abogado de oficio, y ahora que no erá necesario, que ella misma haría el procedimiento.
Es todo esto correcto, yo le eche una pequeña bronca, ya que el tema de abogados, me dá miedo. Ella me dijo que todo los desahucios, llevan un procedimiento legal, que hay que hacerlo obligatoriamente.
Luego me comento el lio del pago, ya que yo quiero a los inquilinos fuera, del piso. Ella me dijo, que para echarlos, hay que hacer incapie, en el lio del pago, es decir, que no me pagan las rentas... que si es por otro caso, no se puede echarlos, ya que tienen unos derechos...
Yo no sé necesito una segunda opinión de algún abogado, si puede opinar leticia, por favor; leticia va haciendo mi abogada, todo correcto. Me he quedado en paro, y me interesaría echar a los inquilinos, antes de tiempo. Ya que me gustaría dentro de 5 meses poder volver alquilar el piso, para tener un dinero, que me puede venir bien.
Además tengo que pagar unas facturas ( luz, gas...) que se que los inquilinos no me van a pagar.