Hace tres años y medio la comunidad de propietarios a la que pertenezco demandó a la constructora por defectos constructivos que afectaban a elementos comunes y privativos, recogiéndose todos ellos en la demanda. Por Auto, se llegó a transacción judicial y se pagó a la comunidad algo menos del importe reclamado. Ahora bien, la asamblea comunitaria acordó, con mi oposición, destinar íntegramente la indemnización a reparar defectos comunes y en todas las asambleas hasta la fecha he reclamado sin éxito que se me entreguen los 2.500 euros para reparar mis defectos y que efectivamente figuraban en la demanda. Me han indicado, de una parte, que necesariamente tengo que reclamar esta cantidad con un abogado por un procedimiento denominado verbal. Un amigo gestor me ha señalado que al ser un asunto que ya ha recaido sentencia puedo instarlo yo mismo por el procedimiento monitorio. Entonces mi consulta es cuál sería el procedimiento adecuado y si el asunto aún no está prescrito. También cómo puedo conseguir oficialmente la demanda y si aquella cantidad que considero se me adeuda ha generado intereses, ya que, como digo antes, han transcurrido ya tres años y medio.- Gracias