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sobre prestación desempleo

2 Comentarios
 
Sobre prestación desempleo
29/10/2009 19:45
Hola

Después de 25 años de antiguedad la empresa ha prescindido de mis servicios por razones económicas y tengo algunas dudas en lo que respecta a la prestación por desempleo. Reconozco que, a diferencia de muchos, he sido un afortunado y de ahí mi ignorancia sobre estos temas.

Se me ha quedado un paro de unos 1000 euros (el tope máximo) durante dos años. A mis casi 50 años tengo muy negro encontrar a corto plazo un nuevo empleo y negro negrísimo un salario similar al que cobraba (unos 1.600 netos). Lo que tengo claro es que a mi edad y mientras no cambien la INJUSTA ley sobre las jubilaciones no puedo tontear y tendré que aceptar cualquier empleo con tal de cotizar durante estos próximos 15 años en vistas a mi jubilación. No es justo que la jubilación se calcule sólo sobre los últimos 15 años en lugar de sobre toda la vida laboral. Pero eso es un tema que depende de los legisladores.

Mis preguntas: Si yo ahora –ya consumidos dos meses de los 24 que me corresponden- aceptase un trabajo con un salario de unos 900 euros y a los 12 meses no se me renovase el contrato ¿qué pasaría con mi prestación actual? ¿Quedaría en suspenso y reengancharía con los 1000 euros que estoy recibiendo ahora? O ¿se me recalcularía la prestación en base a la cotización de ese contrato?.

Otra pregunta es sobre el plazo: ¿ese hipotético contrato de 12 meses generaría algún período adicional que se sumaría a esos 22 meses de desempleo que aun me corresponden? O ¿los 24 meses se entienden como prestación máxima durante toda la vida laboral?

Gracias
29/10/2009 21:15
A la primera pregunta, quedaría en suspenso y la reanudaría si el trabajo durase menos de 360 días.
En el caso de que el contrato durase 360 días o mas generaría una nueva prestación y tendría que escoger entre cobrar la antigua o la nueva, perdiendo la otra. En ningún caso se recalcula la base anterior.
A la segunda, NO, no genera período adicional, lo que hace es en el caso de ser de 360 días o más, lo indicado anteriormente, genera otro derecho distinto y tiene que escoger, si el tiempo trabajado no llega a 360 días, lo conserva para una posterior prestación.
Un saludo
29/10/2009 21:18
Perdón, lo olvidaba, los 24 meses no son para toda la vida laboral. Terminada la prestación con interrupciones no mayores de 360 días, tendría derecho a otra en función del tiempo cotizado en los seis años anteriores a su solicitud, y así sucesivamente. Siempre que cumpla el resto de requisitos, evidentemente.
Otro saludo