Dado que soy poco ducho en cuestiones procesales penales, os ruego que me informeis acerca de si en las diligencias previas, una vez se dicta el auto de apertura del juicio oral y se remiten las actuaciones al juzgado de lo penal, la acusación particular debe personarse ante el mismo o no es necesaria dicha personación, siendo citado directamente por el Juzgado.