Si bien en la práctica está clarísimo...la pregunta no es ninguna tontería, porque cuando se aprobó esta "panacea" de la reclamación dineraria el legislador no lo tasó con la claridad esperada o esperable. En fin que ante el mismo Juzgado.
La demanda hay que plantearla en el mismo juzgado que conoció del monitorio pero, respecto del demandado que no se ha opuesto, hay que ir a ejecución judicial si no se ha opuesto. Supongo que el juzgado te habrá dado plazo para interponer demanda respecto del deudor que se ha opuesto. Un saludo.
Hola, yo creo que te equivocas, que son dos procesos independientes, y que la demanda , se interpone ante el decanato, y este se encargará de hacer el reparto...
hola! Interpuese en tiempos un Proceso MONITORIO y uno de los demandados se opuso y el otro no compareció. Ahora me dan 1 mes para interponer DEmanda de jUicio Ordinario.
¿Debo interponer la DEmanda de Juicio Ordinario en el mismo Juzgado donde se vió el Monitorio?