1) El convenio no lo elige el empresario, se aplica el que corresponda legalmente.
2) Dices..."En este año me subieron la nómina, me dieron 2 pagas extras en "B" ... vamos, que las cosas iban por el cauce correcto". A mi no me parece el camino correcto cobrar en B, pues estás defraudando a hacienda y a la seguridad social, y por tanto al conjunto de ciudadanos que pagan religiosamente sus impuestos, pero fundamentalmente a ti mismo, pues esas pagas en B no computan para cotización ni para futuros derechos que te correspondan.
3) Las pagas extras son 2 anuales te lo dice muy claro el art. 31 ET. El convenio puede mejorarlas (poner 3, 4...), y además dice el ET que el convenio fijará la cuantía de las pagas extras o bien se fijarán por acuerdo con los trabajadores (lo normal es que el convenio ponga que cada paga extra es una mensualidad del salario base). El convenio colectivo puede poner que las pagas extraordinarias se prorrateen en 12 mees. Si ves tu nómina es lo que está ocurriendo, las pagas extras te las están prorrateando a lo largo de los 12 meses. Pero esa opción tiene que venir recogida en el convenio colectivo, si no viene no puede aplicarla unilateralmente el empresario. Lo normal es que si venga esa posibilidad, por tanto, creo que el empresario está aplicando el convenio para lo que le viene bien.
4) Para el grupo de cotización 2 la base mínima y máxima de cotización del 2011 son: 867,00-3.230,10. Tu estás dentro de este intervalo y por tanto la base de cotización en principio se ajusta.
5) Mira el convenio, y todos los conceptos por los que te tiene que abonar salario los compruebas...no puede ser que el plus de vestuario y transporte un año no lo tengas y otros sí...tu mira las diferentes partidas que de acuerdo con el convenio integran el salario.
6) Ten en cuenta que de deberte cantidades, sólo puedes reclamar las del último año, pues las demás están prescritas.
7) El haber estado trabajando de baja, tiene tela...es una infracción muy grave...yo te digo las cosas como son, en empresario será un estafador pero tu actuaste también fraudulentamente. SI estás de baja es porque no puedes trabajar, y cuando uno cobra una prestación es por necesidad.
Mira bien las cosas...y no te olvides para la próxima que tu también tienes obligaciones, y que hay que reclamar en el momento y no cuando a uno le viene bien, luego pasan los plazos...
Feliz Año a todos.
Me gustaría hacer la siguiente pregunta.
Es correcta la nómina que me están pagando en mi empresa? ME explico.
Hace 5 años me hicieron indefinido. La empresa erre que erre que no se acoge a ningún convenio pero nos corresponde el estatal de jardinería (para contrastar los datos y que me digáis algo).
Categoría: Ingeniero técnico
PUesto: idem
Grupo cotización: 2
Fecha de antigüedad: 22/01/2007
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TOTAL DEVENGOS:
Salario base: 750€
Gratificaciones extraordinaris: 125€
Total devengado: 875€
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DEDUCCIONES:
Contingencias comunes: 4.70%
Desempleo: 1.55%
Formación profesional: 0.1%
IRPF: 2%
Líquido total a percibir: 802€
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Base contingencias comunes: 875€
Base de accidentes: Idem
Base sujeta a IRPF: 875€
Eso fué en 2007
Os pongo una nómina de 2009, dos años después:
TOTAL DEVENGOS:
Salario base: 750€
Gratificaciones extraordinaris: 125€
Plus vestuario: 45€
Plus transporte: 80€
Total devengado: 1000€
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DEDUCCIONES:
Contingencias comunes: 4.70%
Desempleo: 1.55%
Formación profesional: 0.1%
IRPF: 2%
Líquido total a percibir: 943€
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Base contingencias comunes: 894.55€
Base de accidentes: Idem
Base sujeta a IRPF: 1000€
En este año me subieron la nómina, me dieron 2 pagas extras en "B" ... vamos, que las cosas iban por el cauce correcto.
Ahora os pongo una nómina de este año 2011:
TOTAL DEVENGOS:
Salario base: 750€
Gratificaciones extraordinaris: 125€
Incentivos: 59.68
Plus vestuario: 45€
Plus transporte: 80€
Total devengado: 1059.68€
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DEDUCCIONES:
Contingencias comunes: 4.70%
Desempleo: 1.55%
Formación profesional: 0.1%
IRPF: 2.28%
Líquido total a percibir: 975€
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Base contingencias comunes: 953.18€
Base de accidentes: Idem
Base sujeta a IRPF: 1059.68
Y ahora la situación actual. Las extras en B han volado por un pretexto, por la mala gestión de una de mis responsabilidades me las quitaron pero ha día de hoy, 20 meses dps sigo haciéndolo con lo que.... fué una venganza por 3 meses de baja que tuve...pero bueno, esa es otra historia (una baja en la que iba a currar parcialmente para echar una mano y luego lo compensan de esa manera...)
Respecto a las nóminas, preguntas:
- El salario base no tendría que variar de año a año según el convenio??
- Son correctas las nóminas desde el punto de vista de no regirse por un convenio o desde el punto de sí regirse?
- Qué podría exigirles legalmente por una mala realización de las nóminas?
- En el 2º año no tendrían que aplicar el plus de antigüedad¿!¿!
Veo cosas como que el salario base de un técnico por convenio son 1400...o que la base de cotización es de las más bajas dentro de lo que supuestamente se supone...
Tengo en mente reunirme con ellos para poner las cosas claras pero quiero saber si de la nómina puedo exigir algo con fundamento...