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sobre nacionalidad española concedida

4 Comentarios
 
22/01/2013 14:48
pues el 21/01/2013 me han concedido la nacionalidad española y vivo en parla quisiera saber que tiempo tarda en que me llegue la carta para lo del juramento es que en realidad no se cuales son los pasos a seguir si me pudieran decir paso a paso como va el proceso despues de que conceden la nacionalidad gracias
10/11/2011 04:15
Condedecartagena agradezco enormemente la informacion, me falto aclarar que la notificación de concesión de nacionalidad fisica en papel no la tengo, dicha notificacion llego al ultimo domicilio que tuve en españa y seguramente quien vive ahi no me haya guardado ese documento, lo que si tengo es la notificacion de entrada del expediente a la subdireccion general de nacionalidad y estado civil con fecha 07/07/2008, me sirve con esa notificacion? y en caso de que no sirva se puede pedir una copia de la notificacion de la concesion de nacionalidad? por ultimo no se si es mucho atrevimiento el mio, me podria dar su email para tratar mas personalmente este tema y mostrarle la documentacion que tengo?? nuevamente le agradezco su colaboracion en este tema.
09/11/2011 05:52
Hola. Si está residiendo en su país, haga lo siguiente:

1.- Dirija un escrito al Ministerio de Justicia/Dirección General de Registros y del Notariado/ Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil. Indique en dicho escrito que es su voluntad ser notificada en su país de origen, mencionando su dirección y que desea, asimismo, que el expediente sea remitido al Registro Civil del Consulado de España en la demarcación consular en la que usted viva, a efectos de proceder con las formalidades del art. 23 del Código Civil. El escrito puede presentarlo en el Registro del Consulado de España en su demarcación consular, que se limita a recibir el documento y enviarlo a Madrid, al órgano de destino.

2.- Una vez que sea notificada formalmente, empezará a correr el plazo de 6 meses para comparecer a jurar. El Encargado del Registro Civil Consular deberá advertirle de esto y citarla a comparecer.

3.- Cuando usted comparezca, con la notificación de concesión de nacionalidad, la hoja declaratoria de datos, su pasaporte en vigor y su tarjeta de residencia caducada, debe solicitar que se practique la inscripción de adquisición de la nacionalidad en el mismo Registro Civil Consular (porque si no dice nada, se debe enviar a inscribir a Madrid, al Registro Civil Central y eso será más demora) y escoger una vecindad civil (que si no dice nada, será la común, aunque si residió en España en un territorio con Derecho Civil propio, podría escoger esa vecindad civil).

4.- Cuando ya tenga la certificación literal de inscripción en el Registro Civil español, podrá solicitar al mismo Consulado de España que le expida el pasaporte español. No podrá obtener DNI en el Consulado, ya que el DNI solo se puede obtener en España. Si piensa seguir viviendo en su país, a partir de que adquiera la nacionalidad española y obtenga pasaporte, debe solicitar al Consulado que la inscriban en el Registro de Matrícula Consular, que hace las veces de empadronamiento para los españoles residentes en el extranjero (cuando se inscriba, será dada de baja del padrón municipal del Ayuntamiento en el que hubiera estado inscrita en España). Si decide volver a España y se ha inscrito en el Consulado, debe venir con el certificado del registro, si su intención es obtener DNI español y volver a su país. Si su intención es radicarse en España, debe solicitar cancelar su inscripción en el Registro de Matrícula Consular y en España volverse a empadronar en el municipio que elija; con ese certificado de empadronamiento, ya podrá ir a cualquier Comisaría de Policía, aportando su pasaporte y certificado literal de nacionalidad española y obtener el DNI.

NOTA.- Los demás documentos seguirán siendo los mismos, solo tendrá que comunicar la adquisición de la nacionalidad española; especialmente relevante comunicarlo a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Seguridad Social.

Un cordial saludo.
08/11/2011 15:00
hola, con que fecha presentaste tu expediente para la nacionalidad, y cuanto tardo hasta la fecha que te la concedieron
gracias, un saludo
Sobre nacionalidad española concedida
08/11/2011 03:16
Hola,
me entere por medio de https://serviciosportal.mjusticia.es que tengo concedida la nacionalidad con fecha de resolución 04/06/2010, pero mi problema es que debido a la crisis volvi a mi pais en julio de 2009 y mi tarjeta de residencia vencio en julio de 2010, como podria continuar con el tramite si estoy fuera de españa. Agradezco que me aclaren y guien sobre como debo actuar ante esta situacion.