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Sobre los Administradores

23 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 23 comentarios
Sobre los administradores
11/05/2005 19:09
He encontrado un artículo muy interesante en
http://www.Agif.Com/articulos/articulo1.Htm

un poco largo,pero ...

Inexistencia de exclusividad a favor de los administradores de fincas colegiados en los servicios de administración de fincas
de
mariano galvez moraleda
departamento jurídico de la
asociación de gestores inmobiliarios
y de fincas (a.G.I.F.)
Que aproveche
11/05/2005 19:12
Ya es conocido. Gracias
11/05/2005 20:37
Si quieres te remito una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que dice justamente lo contrario y desgraciadamente para el articulista, las consecuencias de la sentencia no sólo son diametralmente opuestas a las defendidas por el Sr. Gálvez, sino que además, son ejecutables.

11/05/2005 20:53
Yo no lo conocía y ahora lo veo claro.
Me quedo con el siguiente pasaje:
Es decir, el Tribunal Constitucional lo que mantiene con toda claridad es que la actividad profesional de administración de fincas no exige un título alguno; en consecuencia, los profesionales que sin ser administradores de fincas colegiados se dediquen a administrar fincas no cometen ilícito alguno, al contrario, desempeñan su labor conforme a la legalidad vigente.
Gracias discolo5G
11/05/2005 21:20
Del referido artículo esto me parece bastante interesante.
...."El texto no aclara quienes son los que tienen esa cualificación, es evidente que no hay a priori exclusividad de nadie, salvo las normas internas de los Colegios de Administradores, considerando que es conveniente que cuanto antes se dicten las reglas correspondientes para clarificar las condiciones de titulación y profesionalidad".
11/05/2005 23:54
Lo que estais debatiendo es un tema latente y enfrentamiento entre dos asociaciones, la primera , el Colegio y la segunda , la de Gestores inmobiliarios; me consta que ha habido enfrentamientos a nivel jurídico por el tema que haceis referencia, pero creo tengo constancia que no hay nada definido sobre la adopción que reclama el Colegio y todo está pendiente, a que, producto de estos movimientos la ley se decante por los primeros, supuestamente por un montón de razones, la de su protagonismos en la intervencion de ponencias de las que lleva la voz cantante y de sus contribuciones con más o menos acierto, para mi personalmente con menos, a la causa de la adopcion de una nueva ley que cubra todos los vacios que se han venido produciendo y que constantemente venimos comentando; ni pretendo pontificar ni siquiera contribuir a convencer a nadie de lo problemático que, casi imposible, hacer uso de los derechos de propietario; casi la totalidad del contexto de la ley se ha hecho para salvaguardar dos aspectos exenciales, La comunidad como tal y el moroso , de ello, el Colegio se ha esmerado en contribuir para los legisladores la mayoría del texto; el resto, los derechos del propietario, puedo asegurar que no están nada protegidos, ni por el administrador(aquí en este foro todos los dias hay temas abundantes para el) ni por los capítulos de la ley que no se cumplen y que prácticamente resultan inservibles en caso de litigio, por la gran inmoralidad que hay en buena parte de los protagonistas que gobiernan ; los jueces no entienden más que dos personajes, LA COMUNIDAD Y EL MOROSO, alrededor de ésto circula toda la eficacia, el resto, casi nada; no hay más que ver las sentencias............
12/05/2005 20:36
Discolo y resto de grupo.Acabo de regresar en mi entrevista con mi abogado con el cual tenía preparado un expediente para realizar una serie de acciones; como amigo, me ha hablado tan claro, tan claro y olvidandose de mi larguísimo expediente de atrás, solo referido al resumen de la última asamblea que he grabado, donde existen descaradamente hasta siete causas que a mi entender son graves....leidas, me dice; de las faltas al reglamento olvidate, de los evidentes errores en la presentación de cuentas, como el administrador hasta camuflado,enredado, tergiversado y no haya indicios de robo, olvidate(lporque para impugnar hay que llevar al juez una contabilidad de un profesional (unas 250.000), de las omisiones en la relacion del acta, olvidate, de las mentiras, olvidate, de acogerte a inhibiirte en el pago por derramas de gastos suntuarios, pregunta, cuanto ,digo 130.000. Bien, por impugnar solo esto ultimo te voy a cobrar 188.000+procurador+apoderamientos + iva. aparte que no te aseguro que vas a ganar.......
OLVIDATE, COÑO. Me ha hablado como un padre,(tiene 30 años) como casi nunca hablan los abogados............ estoy desolado y no se que hacer y necesito ayuda, especialmente moral...... yo empeñado a desbravar gente por aquí .. Y para que sirve. Me rindo.
12/05/2005 22:18
Para DavidManuel.
¡Aquí no se rinde nadie! En realidad, todo este chapuzerismo sucede precisamente porque "La Administración de Fincas" no está en manos de quien tiene que estar, de profesionales que lo que tienen que hacer es precisamente llevar una comunidad correctamente; y atender a sus clientes como se merecen. Estamos vejados, engañados por CUALQUIERA.
Mi anterior administradora no administraba nada, ni se preocupaba por nada; luego, los bronquistas querían demandar a un local comercial que está en el edificio; por quejas de ruidos de cargas y descargas, sin pruebas de nada de nada; sin medir intensidades de ruido, ni consultar permisos ni nada de nada y ya por eso "demanda al canto"; demanda que no fue frenada por dicha administradora aun sabiendo que cualquier tonto sabe que es un disparate demandar sin pruebas "al canto"; demanda que, finalmente, no obtuvo la aprobación de la Junta por suerte para nosotros.
Así es que depende "de las manos en que caiga la comunidad"
Las Comunidades de Propietarios nos merecemos un respeto, ya está bien de atropellos y de aprovecharse del desconocimiento y utilizar ese abuso, yo diría ese gran abuso de poder que algunos por su labia y por su poca humanidad que tienen, además, de la grandísima cara y respaldo para realizar lo que les venga en gana. Conozco casos de vergüenza.
SI SE VA A MODIFICAR LA LEY; QUE SEA "COMO MANDA LA LEY" DE LO CONTRARIO, TODO EL MUNDO TIENE QUE PROTESTAR CONTRA LOS PROCEDIMIENTOS DE ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS LEYES PORQUE ENTONCES NI LAS CORTES GENERALES REPRESENTAN EL PUEBLO ESPAÑOL, NI LA JUSTICIA EMANA DEL PUEBLO, NI NADA DE NADA.

Un saludo
13/05/2005 03:27
DavidManuel, visto su caso me quedo con la sensación de que los propietarios estamos indefensos ante los antropellos. Una justicia lenta y cara no responde debidamente a los principios a los que ha de servir.

Lo único que queda es constituir una "Asociación de Comuneros Damnificados", o como se le quiera llamar, para desde ella intentar reivindicar nuestros derechos.

Serviría también para lo que acaba de apuntar Mariam, que la opinión de los propietarios sea oída si se va a modificar la LPH.

13/05/2005 04:24
Muchas gracias, , esto es indescriptible, gracias a esta web estoy llegando al final de los entresijos del sistema; mi contacto con el abogado también me hizo entrar un poco el mundo de los juzgados; no es por poner adjetivos porque ensuciariamos este espacio y su creador/a que yo intuyo tiene escelente rodadura por el mundo de la administración de fincas sencillamente nos echaría de aquí; ayer cuando salí del despacho del abogado a quien pagué generosamente mis tres visitas previas y salí pensando en tirar al fuego todo el contenido de mis proyectos, cerrar los ojos y olvidarme de todo; en poco tiempo y gracias a vuestras palabras de aliento siento el deseo de seguir contribuyendo para la experiencia de muchos que se acercan por aquí, varios, creo que son profesionales o seudoprofesionales pero otros se acercan por aquí para abrir los ojos sobre algo que ocurre tan cotidianamente en las reuniones, la mayoría en sucias maniobras dentro de un caldo de cultivo a quienes les llamamos "masa borreguil" de quienes, sus promotores se aprovechan vilmente para hacer los que les viene en gana, algunos para "lograr" pequeños privilegios pero otros, para robar impunemente dentro de un colectivo nacional cada día más deteriorado. Mi abogado me dió la puntilla cuando leyó el Acta, de 98 propietarios, eramos dos los que queriamos orden y transparencia; dice el abogado,! pero hombre!, en cuando el juez lea que eres tú solo el que reclama, date por muerto, ESTE TIO ES EL INCORDION Y ENREDABAILES DE LAS ASAMBLEAS, con todas sus razones, los proyectos de una Comunidad están por encima de cualquier razonamiento, A POR EL......... esa es la ley que con toda clase de detalles nos ofrecen los legisladores y juristas.......
en la practica, la ley es un texto ordenado y argumentado que sirve para más de un amante en tesis doctorales y poco más. La primera aberración que ningun principiante sabe; si quieres impugnar una de los múltiples ejemplos de la ley, empieza por abogado,procurador, 300.000ptas, multiples comparecencias, un año y palo en más de un 80% de las veces. Esa es la esperiencia que he sacado por entrar en los "libros de caballería" ahora que estamos en la conmemoración de Cervantes y el Quijote. Muchas gracias.
13/05/2005 09:58
DavidManuel no se desespere la justicia en este país nuestro llamado, hasta ahora España, tiene los ojos vendados. Y los abogados igual que los administradores de fincas tienen que comer, por eso a usted ir a un juzgado le cuesta, eso,300.000 de las antiguas pesetas.
13/05/2005 18:40
Justa, creo que no es ese el quid del asunto. Muchas veces se trata de reclamar derechos atropellados, caso de presidentes y/o administradores caciquiles. Con esos honorarios de abogados y procuradores, añadidos a la tardanza del sistema judicial en resolver, que hace inoperante la sentencia pues el daño ya está hecho... es tirar el dinero. ¿Donde queda entonces la justicia? ¿Es de extrañar que muchos propietarios se vean pisoteados y achanten?.

Aparte, el importe de los honorarios es discutible. No se cuestiona que cobren por sus servicios, ni que se tengan que ganar la vida; se cuestionan algunas minutas, como en cualquier otra profesión. Como si un fontanero te cobra un "ojo de la cara" por una chapuza.

Creo que existe un organismo de arbitraje para resolver asuntos relacionados con consumo que no lleguen al millón de pesetas. ¿Por qué no se crea algo similar para problemas derivados de LPH, que muchas veces incluso no implican reclamación económica, sino reclamación de derechos legales?. Además atascan los juzgados... ¿A ningún ponente de la reforma de la LPH se le ha ocurrido la idea, que no es original?




13/05/2005 18:46
Ay Carmela, Ay Carmela. No les des ideas a los Administradores, que nos lo pueden poner peor.

Pero si quieren sustituir a Notarios y Abogados.

Ya solo nos falta que sustituyan también a los Jueces.
13/05/2005 19:06
Discolo5g, ya existe el colegio de Madrid, tiene si mal no recuerdo se llama Arbin
13/05/2005 19:39
Díscolo5G, no lo sabía. Pero me parece *gravísimo* y me reafirma más en la idea de constituir una Asociación de Comuneros.

Se constituye en un pis pas, con 5000 pesetas y dos/tres personas que presenten un reglamento ante el Ministerio para darla de alta. Luego a fichar miembros, y a funcionar. Se puede abrir una web o un grupo en internet, como punto de encuentro y orientación para propietarios porque ocurre que muchos somos ignorantes de la LPH y de los derechos que nos asisten. ¿Hace la idea?

13/05/2005 23:18
Para Justa; gracias por su palabras
Para Carmela; la idea es bestial pero con algunas matizaciones; la firma que se constituyera tenía que ser de un nivel conocido y solvente, al estilo de algunas asociaciones de asesoramiento, pero aquí teníamos que ir a más:
Sobre los tribunales de justicia contra la indefensión
sufragado totalmente.
Defensa contra Juntas de gobierno y administradores y caciques , exigiendo responsabilidades economicas especificamente a los infractores, como indica el código civil; sufragado totalmente
Intervencion en ponencias a nivel legislativo.
Asesoramiento general; la situación la pide a gritos;soñemos.........
14/05/2005 00:12
David, Carmela, y todos los demás:

En realidad, a mí no me preocupan los Administradores, porque me siento capaz de lidiarles.

El problema real son SS.
14/05/2005 00:32
Bueno, eso del arbitraje ya lo conocí hace años.

Precisamente la Cámara de Comercio solicitó expertos para Arbitraje a la Universidad en la que yo era Profesor Asociado entonces. Como aclaración, de 25 Profesores Asociados, solo 3 estabamos legales, el resto estaban ilegales, situación normal en ltodas las Universidades.

Cuando me puse a enterarme de que iba esa guerra, ya dije que yo, desde luego, no me admitiría un arbitraje español ni de coña. Y conozco como funciona en Francia eso, ósea, que allí funciona y no tendría problema en admiir un arbitraje allí, pero aquí NO.

Y esos de Arbin, simplemente, y no tengo nada contra ellos, pues el que pueda sacar lo que pueda, que lo saque .


14/05/2005 01:23
Acabo de buscar en google eso de Arbin, pero no es gratuito, como creo que es el de comercio. O sea, estamos en la misma que si hay que contratar Abogado y procurador. Unicamente parece más rápido y ligeramente más económico. Pero también su función es más limitada. ¿O estoy equivocada?

Díscolo5G, me da la impresión de que lo de SS no se puede arreglar, ni tampoco lo de que las leyes sean interpretativas y queden parcialmente a la consideración que SS haga de ellas. Esto es algo que he descubierto recientemente y me deja perpleja (soy "de ciencias" y para mí, 2+2 = 4, sin más vueltas).

¿Qué te parece la idea de la asociación?. La Ley de asociaciones tiene rango de Ley Orgánica.

DavidManuel, pienso que las ideas que propones se pueden establecer en los estatutos, como fines de la asociación.


14/05/2005 02:11
Carmela, ya veo que te has dado cuenta de como funciona lo de los Juzgados.

Seguro que tu creías que a una sentencia se llegaba,poco más o menos, como paso a describir:
- Hechos aducidos por las partes.
- Pruebas presentadas por las partes.
- Hechos probados.
- Legislación aplicable
- Y aquí, la sentencia de SS.

Ja, Ja y requeteJa.-

En primero de Derecho ya se suele explicar como se hace la sentencia, para lo que puedes consultar cualquier texto de Introducción al Derecho o Filosofia del Derecho o similar (el que se daba hace unos añños en Deusto era muy bueno, y lo explicaba sin reparos).
- Hechos aducidos por las partes.
- Pruebas presentadas por las partes.
- Y aquí, la opinión de SS.
- Hechos probados, según SS.
- Y aquí, la sentencia de SS.