Hola Cardetti,
En realidad, un Administrador, si puede tener otras relaciones laborales, incluso ser Administrador de otras sociedades, mientras cumpla adecuadamente su función.
Solo en el supuesto en que los Estatutos Sociales dispongan EXPRESAMENTE dedicación exclusiva de los Administradores, no puede darse el supuesto que tu expones.
Te aconsejo que mires lo dispuesto en los Estatutos Sociales, ya que para la sociedad son Ley. Lo que te acabo de decir sirve tanto para SA como para SL