Pues mira, yo aboné la plus-valía en el año 2016.
Lo que me interesa saber, es si puede prosperar con éxito u procedimiento contencioso administrativo contra este Ayto.
Como decía, tengo entendido que el Supremo ha dado la razón en varias sentencias a los Consisitorios.
En el caso del inmueble que vendí, tomaron como referencia los 20 últimos años, pues el mismo lo adquirimos hacía 30 años.
Por otro lado, me aplicaron un tipo de gravamen bastante elevado, un 28% (teniendo en cuenta qu este Ayto podía aplicar entre un 5 y un 30%). En realidad, hay una desproporción entre el tipo de gravamen que me aplicaron y el valor de la plus-valía obtenida en la venta.
Yo no me niego a pagar este impuesto, pero considero excesiva, vuelvo a repetir, la aplicación de este gravamen tan alto.
Mi consulta es la siguiente: Presenté un recurso de reposición y posteriormente una Reclamación económico-administrativa ante el Ayto. de Alcorcón, para que me devolvieran la plus-valia municipal que tuve que pagar por la venta de un inmueble.
No hubo respuesta alguna por parte de ese Ayto., por lo que desestimaron mi petición por silecio administrativo negativo.
Quería saber que posibilidades tengo de ganar en un procedimiento contencioso-adminidtrativo y que dicen el Tribunal Supremo y el Constitucional al respecto.
Si no estoy equivocado, creo que ambos tribunales no se ponen de acuerdo y el Supremo da la razón a los consistorios..