Hola, necesitaría que me pusieran un ejemplo fácil sobre el artículo 607 de la LEC el que se refiere a embargo de sueldos y pensiones. He leido algo al respecto pero dado que no es mi campo laboral ando un poco perdida y no logro entender los porcentajes que ser aplican...
Agradecería mucho las aportaciones dado que es para un proyecto final de máster y me ha surgido esta cuestión que tengo que aclarar.
Deuda pendiente 5.000 €.
Salario neto (descontado IRPF y SS) 1.500 mensuales en 12 pagas.
SMI 2011: 641.40
Primeos 641,40= inembargable
Segundos al 30%=192,42
Resto hasta 1500 (217,2) al 50 %=108,6
Total embargo al mes 192,42 108,6= 301,02 €
Así 16 meses y el 17 hasta cubrir los 5.000.
En caso de tener pagas extras hay quien defiende que debe hacerse la misma operación con la nómina y con la extra. Si bien los juzgados (los que yo conozco) dicen que se suman todos los conceptos y en base a eso se calcula. Enorme diferencia entre hacer lo que has visto 2 veces sobre 1.500 que una vez sobre 3.000.
Gracias Morinelli por tus respuestas, me han servido de mucho. Respecto a la dación pensaba que se tenía algún registro (sobre todo por parte del BdE) dado que en mi anterior trabajo visité muchas familias a las que se les iba a aplicar la dación en pago para posteriormente el propio banco alquilarles la vivienda (una forma de leasing inmobiliario) y claro la vivienda pasa de un propietario a otro y esto tiene que estar registrado en algún sitio...en fin, me quedo con las cifras del INE donde lo engloban todo en la famosa columna "otros" (daciones, ejecuciones hipotecarias y embargos a bienes inmuebles, todo mezclado).
hola, necesitaria saber si es correcto la cantidad embargada por la empresa, si ya estoy pagando una deuda pactada con hacienda y ahora me llega un embargo del ayuntamiento y la empresa me descuenta la cantidad resultante , pero no toma encuenta que ya tengo un pago a hacienda pactado on anteriordad, se lo comunique a la empresa que yo ya pagaba una deuda a hacienda para que asi me descontara de lo que me descuenta del embargo del ayuntamiento, pero sigue descontando la misma cantidad, es correcto, o no, si alguien me puede ayudar o aconsejar , gracias