Shughart, el delito de estafa por parte de la trabajadora no exige ninguna cantidad, basta que cobre un sólo euros para que se dé el tipo.
Hay una cuantas condenas por este motivo aunque normalmente pasan de ir por lo penal porque por lo administrativo es más rápido y efectivo.
El tema de la empresa es diferente, en todo caso, teniendo en cuanta las consecuencias administrativas, se inclinan también por estas.
Y no es tan difícil probar la connivencia, normalmente una empresa que acepta esto es una empresa que no está muy bien asesorada (como ya he explicado en otro hilo) por lo que los errores son bastantes comunes y fáciles de cometer, no los escribiré para evitar dar pistas sobre ilegalidades, pero son fáciles de imaginar.
En estos casos, la única solución legal es denunciar por todo aquello que incumplan y, sobre todo, por el acoso que dices recibir.
De esta forma o bien se acaba el acoso o bien te despiden porque no te quieren allí, eso sí, te despiden no cometiendo ninguna ilegalidad por tu parte y con denuncias en su contra, para que no se lo hagan a más trabajadores.
Sinceramente, seguramente te han engañado pero claro, en estos casos cómo reclamas? alegas que han pactado un despido? es decir, reconoces un delito?
Ya te digo que no, la ITSS primero deberá demostrar la existencia de connivencia (algo realmente difícil, si se han hecho las cosas bien). Y en cualquier caso, si no existe un fraude de más de 120.000 €, no lo pone en conocimiento del Ministerio Fiscal (por estafa menos).
La ITSS tiene medios suficientes para obtener las cantidades indebidamente ingresadas.
Las causas de dejar mi trabajo son por salud, ha habido muchos despidos y despues de 12 años en la empresa he tenibo acoso por hablar, la única solución que vi fue esta y llegando a un acuerdo con los jefes.
Alfxf7 de delito nada, es un ilícito pero no tiene el carácter de penal, porque no se alcanzan las cuantías tipificadas en el Código Penal (delito contra la Seguridad Social, art. 307 CP creo recordar).
Lo que está cometiendo la empresa y RAQUELO es una infracción muy grave en materia de seguridad social, sancionado por la LISOS (administrativo). La empresa podría ser sancionada con una multa de hasta 187.515 € sanciones accesorias. Y RAQUELO, podría perder la prestación por desempleo, devolver lo percibido con el correspondiente recargo y la imposibilidad de acceder a prestaciones de la Seguridad Social y bonificaciones del plan de fomento del empleo durante un plazo de 1 año máximo.
Mañana es mi último día en la empresa, llegué a un acuerdo con los jefes y he pedido la baja voluntaria pero que me arreglasen para cobrar el paro, ellos aceptaron, pero ahora recibo el certificado de empresa para el inem y veo que ponen baja voluntaria, mi pregunta es si podré cobrar el paro.
Gracias
En caso que me despidan me gustaria saber sobre mi nomina bruta actual que % es el que paga el paro y durante cuanto tiempo, tengo 1 hijo y cinco años cotizados a la seguridad social.-
Gracias