Recientemente ha habido un ERE en mi empresa en el cual han echado a varias personas. Me surgen 3 dudas:
1. Uno de los afectados por el ERE ha sido un compañero que ha tenido que irse porque estaba pluriempleado. Al parecer, le dijeron que a el no le querían echar pero que al estar pluriempleado tenían que echarlo por pelotas, ya que si no lo hacían otro de los compañeros afectados por Magistratura podía reclamar judicialmente y recuperaría automáticamente su puesto de trabajo. El caso es que le han comentado que enseguida puedan lo van a volver a contratar. Mi primera pregunta es la siguiente: ¿Podrían reclamar judicialmente alguno de los otros compañeros, si la empresa, al poder contratar, decide contratar a esta persona siguiendo pluriempleada?
2. ¿Cuánto tiempo debe pasar desde que se aprueba un ERE, hasta que la empresa puede volver a contratar?
3. El procedimiento del ERE ha sido un poco sospechoso. El comité de empresa (que esta claro que está a favor de la empresa), ha estado manteniendo sucesivas reuniones con los empresarios, pero nunca ha soltado prenda sobre el tema. Ha habido silencio total por parte de los delegados sindicales y nunca se nos ha informado de nada hasta que los afectados recibieron un Burofax en su domicilio. Se podrían haber estudiado otras alternativas (reducciones de jornada y demas...) pero nunca el comité de empresa se ha reunido con el resto de los trabajadores para estos temas. Mi pregunta es la siguiente. ¿Se podría luchar por un despido improcedente alegando que, nunca se nos ha informado a los trabajadores en general, nunca se nos han ofrecido alternativas y que nunca se nos ha escuchado?
A ver si consigo explicarme bien para que consigáis entenderlo.
En una multinacional, había varias empresas de limpieza que prestaban servicio, una en cada centro de la multinacional, cada una de ellas con sus respectivos comités de empresa del centro en que prestan servicio.
Con el paso del tiempo, una de las empresas que prestan servicio en esa multinacional, se ha hecho cargo de todos los centros, y como en su convenio tienen la clausura de subrogación, pues se ha hecho cargo de todo el conjunto de trabajadores, así como de los distintos comités. Posteriormente, ha aplicado un ERE de extinción que ha afectado a la mitad de la plantilla, y ahora propone que al reducirse la plantilla a un 50%, quiere crear un ÚNICO comité de empresa.
Mi pregunta es la siguiente: ¿aunque la plantilla se haya reducido en ese tanto%,? ¿ puede la empresa reducir el numero de comités y, por ende, el de delegados?, supongo que de manera unilateral no, ¿pero puede conseguirlo a través de algún tipo de acuerdo, por ejemplo, con el sindicato que mayor numero de delegados tenga, o a través de un juicio?
¿Me he explicado bien?