he mandado un mensaje anterior pero a ver si ahora hay suerte ya que me ha surgido otra duda.Presenté un monitorio pero habia prescrito ay el derecho. he llegado a un acuerdo con el contrario para desistir. La otra parte ya ha sido emplazada a contestar. pero no se si alegar el art 19 o el 20 de la lec. me crea dudas el art 20 de la lec ya que me parece entender que si luego la parte contraria presta su conformidad no es cosa juzgada. Gracias