Este sábado los médicos catalanes han aprobado un nuevo artículo en su código deontológico que versa:
33. El médico, en caso de tratar a un paciente menor de edad y cuando la considere con las suficientes condiciones de madurez, deberá respetar la confidencialidad ante los padres o tutores y hacer prevalecer la voluntad del menor.
Los redactores han señalado en los medios que se permitirá abortar a las menores sin el consentimiento de los padres.
http://www.lne.es/secciones/noticia.jsp?pIdNoticia=232307&pIdSeccion=46
He revisado sus artículos y he encontrado uno sobre este tema pero antes de que entrara en vigor la ley 41/2002, que señala que en el aborto se regirá por la mayoría de edad.
Mis preguntas son:
1. ¿Qué ha de hacerse cuando una menor pide un aborto sin el consentimiento paterno o con oposición de los mismos?
2. ¿Qué ha de hacerse cuando una menor va obligada a abortar y no quiere?