Buenas, estoy haciendo un caso y la ultima parte me plantea serias dudas, el caso dice asi:
El día 5 de mayo de 2008 la empresa Fabricor, S.L. entrega al Comité de empresa comunicación en la que se indica que a partir del día 7 de junio de 2008 la actividad de corte y preparación de la piel va a ubicarse en una nueva nave. Esta medida supone un incremento del espacio físico por saturación del actual, con el fin de mejorar la eficiencia, productividad y salubridad de esta sección, la operatividad y gestión de los recursos. Consecuencia de ella, quedarán afectados por el traslado todos los trabajadores de esta sección (30 trabajadores. La plantilla total es de 350).
De dicha comunicación se hizo entrega a cada uno de los empleados que se verían afectados por el cambio de centro, en cuyos contratos de trabajo figura como centro aquel en el que venían desarrollando sus funciones con anterioridad. La distancia entre este centro y el nuevo es de 12 kilómetros, existiendo parada de autobús cerca de éste. Las condiciones de los trabajadores (categoría, salario, turnos, jornada…) no se han modificado; únicamente han sido afectados en aquello estrictamente derivado del cambio de ubicación, como desplazamiento.
La representación de los trabajadores entiende que la empresa ha alterado unilateralmente la previsión contractual relativa al centro de trabajo donde prestan servicios los trabajadores afectados, alteración que afecta al tiempo dedicado al desplazamiento y otras consecuencias que derivan del alejamiento del centro laboral inicialmente pactado. Por ello, interpone demanda, ante le Juzgado de los Social correspondiente, de conflicto colectivo por modificación sustancial de condiciones de trabajo, iniciándose el procedimiento procesal, que concluye con sentencia estimatoria. Dicho pronunciamiento declara la nulidad de la medida por la que la empresa acordó el traslado de los trabajadores afectados por el conflicto colectivo al centro de trabajo nuevo. Se refleja en la Sentencia que el cambio en las condiciones laborales de los trabajadores (al ser trasladados al nuevo centro) implica una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, ya que la alteración es del todo relevante, porque, no se puede negar, que un trabajador, que tiene planificado su desplazamiento cotidiano a un centro laboral determinado, sufre una importante modificación cuando ese centro se aleja 12 kilómetros respecto a lo inicialmente previsto, con el importante reajuste del tiempo destinado a cubrir esa distancia, y las consiguientes dificultades que implica el alejamiento del centro laboral. Al no haberse cumplido las formalidades previstas en el Art. 41 ET se declara la nulidad de la medida objeto de controversia.
Mi pregunta es: ¿Qué cauce procesal puede adoptar la empresa para recurrir la sentencia emitida en instancia?