Buenas noches, quisiera su opinión a estos planteamientos.
-Una Sociedad Limitada "inactiva" que teniendo unas reservas voluntarias que quiere repartir, ¿puede estar varios años distribuyendo a cada uno de los dos únicos socios 1.500 euros (exentos, no de ingreso a cuenta, pero si a efectos de declaración anual de IRPF) hasta que dichas reservas se terminen ( /- 4 años) y posteriormente liquidar la Sociedad?.
-¿Estando en Inactividad debe de presentar en Hacienda el modelo 123 (creo que es ese el modelo) y a final de año el modelo anual correspondiente?
-¿Puede una empresa inactiva estar sin Administrador, ya que el Administrador único que existe quiere darse de baja como Autónomo Societarios para pasar a Autónomo "normal" y así realizar la misma actividad que la que realizaba en la S.L. pero esta vez en Estimación Directa Simplificada?