Buenas tardes:
Tengo un cliente que tiene una SL que es propietaria de una nave que en la actualidad esta arrendada a un 3º. El objeto social de la empresa es variado pero no tiene nada que ver con la actividad inmobiliaria (p. ej. arrendamiento de inmuebles).
Las preguntas son:
1º) Debería ampliar su objeto social añadiendo la actividad de arrendamiento de inmuebles, y
2ª) Debería darse de alta la sociedad en el Censo de AEAT por esta nueva actividad de arrendamiento de inmuebles que es la que le esta proporcionado los ingresos a la SL.
Gracias.
Buenas tardes albar10
No es necesario que amplíe su objeto social al arrendamiento de inmuebles, ya que de hecho no es su objeto social y por el hecho de alquilar un inmueble de su propiedad no lo convierte en objeto social.
Por tanto tampoco debe darse de alta en el Censo por dicha actividad.
Además en concepto de responsabilidad el Código de Comercio y la LSC iguala la responsabilidad que se pueda tener tanto en actividades que corrresponden al objeto social como las que no, para las sociedades mercantiles. Por lo que en ese aspecto tampoco tendrá inconvenientes.
Espero mi respuesta haya sido de utilidad.
Buen día. Si desea puede visitarnos en www.msabogadosyasesores.com