Pero no comentas las mensualidades que te adeuda??
mientras no tengas una carta notificada perteneces a la empresa y deberas seguir presentandote al trabajo hasta que haya juicio aunque no te paguen....ya que si no te presentas y te denuncia la empresa por no presentarte al trabajo lo puedes perder todo...
Yo pase en Septiembre pasado por una situacion similar
Buenos días. Gracias por la información. Me vale de mucho.
Se me ha pasado decir que la demanda es doble. Reclamo la cantidad adeudada por nóminas y solicito despido por impago.
Gracias y un saludo.
Si llevaba varias nominas, (los jueces suelen requerir que se lleven 3 o más de 3 nominas), sin cobrar y en la demanda solicito usted además del pago de las mismas la rescisión contractual basada en el at 50 ET cuando sentencien si le dan la razón, el contrato quedará rescindido y por tanto con la indemnización correspondiente al despido, pero me temo que usted sólo ha interpuesto una reclamación de cantidad, si esto es así sólo le deberán las nóminas atrasadas mas la del mis de indemnización. Lea éste articulo.
SMO
Ante todo, muy buenas a todos y gracias de antemano.
Resumo lo mejor posible mi situación.
Llevo meses en una situación complicada. Mi empresa(autónomo) no me paga desde hace siempo. En mayo interpuse una demanda por ese impago reclamándole la cantidad que me adeuda. Tengo la vista para diciembre.
El caso es que ha cerrado el negocio y me han comunicado, aunque no formalmente, que se va a jubilar.
Sé que por este despido me correponde un mes de indemnización.
Mi pregunta es: ¿Tengo derecho a despido improcedente por haber demandado antes del cierre?.
Un saludo.