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Situacion de sociedad para concurso de acreedores

1 Comentarios
 
08/12/2012 18:02
Podrías poner en conocimiento del juzgado que has iniciado conversaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación o una propuesta anticipada de convenio. De esta forma ganas cuatro meses en los que puedes ir negociando y no incumples tu obligación de solicitar el concurso voluntario cuando tu situación es de insolvencia. No obstante, la solicitud de concurso la puedes hacer antes si prevés que tu insolvencia será inminente, es decir, no tienes que esperar a incumplir los pagos.-
te envío mi mail por si necesitaras más ayuda.
joaquin.r.abogado@gmail.com
Situacion de sociedad para concurso de acreedores
02/12/2012 17:36
Hola,

He estado leyendo mucho en el foro sobre el concurso de acreedores y tengo claro bastantes cosas, pero hay una situción que no tengo clara cómo puede terminar, sobre todo para con los bienes de los administradores.

El caso es una sociedad que a duras penas se manteniene y tiene un cliente perteneciente a la administración pública que debe bastante dinero. Dicha sociedad hasta ahora ha hecho frente a todos los pagos gracias a una póliza de crédito, pero se acerca el fin de la liquidez y los clientes siguen sin pagar, por lo que llegará un momento en que no pueda hacer frente a sus obligaciones, además de tener 4 aplazamientos de pagos de iva por no poder hacerlos frente al haber facturado a la admon. y no poder cobrar.

El caso es que no tengo claro si la sociedad tiene que esperar forzosamente al impago de dos meses o lo puede hacer antes para solicitar el concurso de acreedores. ¿Hay que esperar o se puede hacer antes?

El caso es que además se prevé el fin de la facturación en breve y será difícil conseguir nuevos clientes o renovación de pedidos, por lo que se plantea también la posiblidad de despedir al úunico empleado con contrato fijo que queda (el resto son autónomos), lo que supone que en unos meses la sociedad tendrá que hacer frente al pago de la póliza de crédito y a la indemnización del despido sin disponer de fondos suficientes por no haber podido cobrar la deuda pendiente.

Aquí surgen las dudas de qué tipo de despido proceedería realizar y cuál sería en caso de que la sociedad estuviera en concurso.

Por último, ¿qué responsabilidad tendrían los administradores con sus bienes respecto a la deuda anteriormente mencionada, teniendo en cuenta que no se pusieron avales personales a la hora de solicitar la póliza?

Un saludo y muchas gracias.