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situacion de extranjera extracomunitaria

3 Comentarios
 
Situacion de extranjera extracomunitaria
04/09/2010 17:35
He vivido 2 años en NY y tengo pareja alli, ahora aqui en España, como lo hacemos para formalizar su situacion de extranjera extracomunitaria
04/09/2010 17:56
Hola. No dices más datos, por lo que no se te puede dar mayor información. De lo que dices, entiendo que eres residente en España y tu pareja es de Estados Unidos y quiere venirse a vivir aquí.
Si ella es estadounidense, puede ingresar como turista sin problemas. Pero si quiere quedarse a vivir, ha de someterse al régimen general, como cualquier extranjero extracomunitario, lo que significa que debe solicitar un visado de residencia y trabajo en el Consulado de España de la localidad donde viva en Estados Unidos. Los estadounidenses en España no tienen ventaja alguna en cuestiones de extranjería, como sí la tienen en Alemania, por ejemplo, donde pueden tramitar su permiso de residencia estando ya en el país y habiendo ingresado como turistas.

Amplía un poco la información, con datos claros y precisos de nacionalidades, situación jurídica-administrativa, tiempo de permanencia en España, para poder brindar una mejor orientación.

Un cordial saludo.
05/09/2010 01:47
Muchas gracias, Condedecartagena, la idea es intentar vivir los dos juntos en España. Pero en principio ella no tendría trabajo aquí. La cuestion es que no se los tramites necesarios y lo unico que tengo entendido es que ahora en España es muy dificil que te den un permiso de residencia, por la situacion economica.

gracias.
05/09/2010 13:18
Hola. Si tú eres residente en España y tienes trabajo actualmente, podrías casarte con ella y reagruparla como tu cónyuge o bien darte de alta con ella como pareja de hecho, demostrando que ya lo son desde hace mucho tiempo atrás y así podrías reagruparla también (para demostrar que hay unión de hecho, debes probarlo documentalmente, de acuerdo con las leyes del Estado de Estados Unidos donde hayan vivido, para que quede constancia a la vez de que la unión de hecho es algo preexistente y con mucho tiempo de vigencia, no algo hecho ad hoc para poder reagruparla). De este modo, una vez reagrupada, ya estando aquí con su permiso de residencia por reagrupación familiar, puede luego tener un permiso de trabajo si consigue uno y solicita la modificación de residencia por reagrupación familiar a residencia y trabajo por cuenta ajena.

Tienes que empezar por acreditar documentalmente que ella y tú son, al menos, pareja de hecho (de más está decirte que, los documentos que vengan en inglés, deben estar traducidos al castellano por traductor jurado y además legalizados por vía diplomática) e inscribirte con ella como tu pareja de hecho en el correspondiente registro que exista en el Ayuntamiento o en la Comunidad Autónoma en la que vivas y con eso iniciar el trámite de reagrupación familiar desde España, para que luego ella solicite el correspondiente visado en el consulado de España en la ciudad de Estados Unidos en la que viva y pueda venir a vivir contigo.

Tú has de cumplir los requisitos para poder ejercer el derecho a la reagrupación familiar.

Un cordial saludo y suerte.