buenas tardes:
¿puede un p.g.o.u. determinar ya un sistema de gestión específico para el desarrollo de un sector, esto es, compensación, cooperación... etc? y aún pudiendo hacerlo, ¿no se ha considerar como orientativo y no vinculante?.
canosarq... podrías meditar un poco más las respuestas?... Gracias por adelantado.
Un sistema SE PUEDE determinar por un PGOU, pero PUEDE NO ESTAR determinado.
Cuando el sistema está previsto en PGOU su modificación, siempre posible -especialmente cuando así lo solicitan los propietarios o en caso de falta de desarrollo imputable a los mismos-, requiere un estudio economico-financiero sobre su viabilidad.
Es más, puedo concluir que un PGOU no determinará el sistema de actuación. Si una modificación puntual del mismo dado lo reducido de su ámbito pero un PGOU podrá delimitar ámbitos de desarrollo a los que asignará el sistema de actuación pero puede no hacerlo... La vocación originaria del PGOU es NO HACERLO.