También del estatuto de los trabajadores De los derechos de representación colectiva y de reunión de los trabajadores en la empresa.
Artículos 62 al 72, sobre todo el 64 que te dice claramente cuales son tus competencias (las mismas que el comité) en donde dice en su punto 1. 12 que puedes informar a los trabajadores, pero ten presente que cuando lo hagas y se en horas de trabajo pídele permiso al empresario, sobre todo por ESCRITO, con firma y fecha de la empresa, porque sino dirá que estás jugando (es un consejo). Aunque puedes distribuir información sindical sin pedir permiso (folios por ejemplo) siempre y cuando seas Delegada sindical de la empresa.
También como le dije a otro compañero sindical que estuvo por aquí, ya que la página no me sale aquí, pon en el Google:
"Guía de los reprentante de los trabajadores"
Y el 2º que te sale en pdf te servirá de ayuda. Leer páginas 97 hasta 111.
Léete de Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Los artículos 175-182 del CAPÍTULO XI.
DE LA TUTELA DE LOS DERECHOS DE LIBERTAD SINDICAL
hola, soy delegada sindical y el otro dia me negaron asesorar a las cajeras de una tienda, por parte de un jefe de zona. ¿ me lo puede negar ? si no es asi que debo de hacer.