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Sin presupuesto

2 Comentarios
 
Sin presupuesto
03/09/2004 18:11
En mi comunidad en la última junta se aprobó la ejecución de una obra sin presupuesto previo ni especificación de sus características, no obstante se aumentó la cuota en 5 € para tener un fondo para realizarla.
El Presidente, habiendo alternativas pidió al contratista que envió el administrador dos presupuestos para la obra.

El administrador dice que tanto el tipo de obra como el presupuesto lo tiene que aprobar el presidente, no indicándose en el acta si el Presidente tiene potestad para elegir ni el presupuesto ni el tipo de obra:
¿Qién tiene que aprobar el presupuesto?.
¿El presidente puede hacer la obra que le parezca?
03/09/2004 18:50
Veamos Miriam :
El presidente/administrador en Junta Ordinaria presenta el presupuesto anual para los gastos generales de la comunidad y la consiguiente aportación de cuota para su cubertura.Si se aprueba dichos presupuesto,( con obras extras o no ) la ejecución práctica de su contenido ya es facultad suya, sin más aprobaciones.A final de año deberá rendir cuentas.
En caso de Junta Extraordinaria para aprobar unas obras fuera de presupuesto de las que será necesario recaudar derrama extra para cubrir su coste, en pura lógica deberá presentar, uno o varios presupuestos que debatidos por la Junta se aprobarán o no, según el voto de los propietarios.
De cualquier forma pués, la decisión en cualquier caso emana de la voluntad de los co-propietarios a través de su voluntad expresada en el voto.
Cualquiercosa fuera de este contexto entra ya en lo punible y por tanto recusable por quien se vea perjudicado.
03/09/2004 19:50
El caso es que se trata de una obra de mejora y, ni dicha obra ni el aumento de la cuota estaban en el orden del día, se presentaron los presupuestos y en el mismo punto se aprobó.
hay algún propietario, que no acudió a la junta, que no está de acuerdo con las mejoras (entre ellos el nuevo presidente).