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sin paro y sin trabajo ¿se puede coger la baja?

12 Comentarios
 
08/10/2018 17:01
sisteller
Las bajas pertenecen al ámbito laboral y du pretensión pienso yo que va encaminada a interponer una denuncia por agresión con lesiones, para ello su médico de cabecera no puede darle una baja pero si un informe con las lesiones y con la duración del tratamiento.
SMO
07/10/2018 16:21
sisteller
Estoy con un brazo en cabestrillo por una agresion de un vecino hace 3 dias. Estoy en paro y SIN prestacion y quiero que el medico me de un comprobante de baja porque esto me dejo 3 dias SIN PODER hacer nada. Puedo pedir una baja o no?.
07/12/2011 17:59
Sisteller, debe acudir al medico antes de que se le agote la Prestacion.
Si se le agota tendrá que solicitar el subsidio.
07/12/2011 17:44
Ah! Vale, siendo así, me parece correcto el artículo.

Yo lo había tomado por otro lado, porque sisteller, parecía que estaba preocupado porque su familiar estaba cercano a agotar la prestación y, repito, parecía que preguntaba que ocurría si una vez agotada la prestación y volvía a caer de baja, quien le pagaba.

Concretamente yo me refiero a este extracto de su post "si cuando le llaman para operar no esta trabajando y tampoco le queda paro ¿tiene derecho a una baja?¿y quien le paga?"

Un saludo.
07/12/2011 17:36
Aun no se le ha agotado el paro.
Sisteller manifiesta:
Pero la preocupacion que tenemos es que él como tantos otros está en el paro y por cierto a punto de acabarsele
07/12/2011 16:40
Llamadme pesado, pero de la lectura del artículo 222, apartado 3, de la Ley General de Seguridad Social, no veo que se desprenda que un parado, al que se le haya acabado la prestación por desempleo, y posteriormente caiga de baja, aún siendo recaida, se diga que vuelve a cobrar una prestación.

Lo que yo entiendo que dice esa parte del artículo 222, apartado 3, es que estando viva la prestación por desempleo y se cae de baja por recaida de una baja que se haya tenido mientras se estaba de alta en el trabajo, se cobra de cierta manera, pero no dice que una vez extinguida la prestación por desempleo, se caiga de baja, y se cobre prestación, eso no veo que lo diga.

Un saludo.
07/12/2011 11:29
Art.222 de la LGSS.
07/12/2011 11:07
Trola que articulo y de que Ley o RD es?
Gracias
07/12/2011 09:58
Según lo que yo entiendo de ese artículo, no se ocupa del caso planteado por sisteller.

El artículo habla de que se está percibiendo la prestación por desempleo, y durante esa periodo de prestación se cae de baja por recaida. Pero el caso de sisteller es diferente, ya ha acabado la prestación por desempleo, con lo cual, no está encuadrado en lo expuesto por ese artículo.

Puede ser que algo se me escape, pero yo lo entiendo así.

Un saludo.
07/12/2011 06:36
Muchas gracias Trola por tu aclaración tan oportuna!!! sois.....como dicen los jovenes...una caña;no sabes el sosiego que tu respuesta ha traido a esta familia.MIL GRACIAS.
07/12/2011 00:55
Sisteller, dile a tú cuñado que no se preocupe, que hay solución para todo.

3. Cuando el trabajador esté percibiendo la prestación de desempleo total y pase a la situación de incapacidad temporal que constituya recaída de un proceso anterior iniciado durante la vigencia de un contrato de trabajo, percibirá la prestación por esta contingencia en cuantía igual a la prestación por desempleo. En este caso, y en el supuesto de que el trabajador continuase en situación de incapacidad temporal una vez finalizado el período de duración establecido inicialmente para la prestación por desempleo, seguirá percibiendo la prestación por incapacidad temporal en la misma cuantía en la que la venía percibiendo.
Creo que el art. Es suficientemente claro, de todas maneras si no entiendes alguna cosa, no dudes en preguntar.
07/12/2011 00:31
Hola, si no está de alta o en situación asimilada al alta (sin trabajo ni paro como dices) no tendrá derecho a cobrar baja alguna, lo cual es distinto al derecho a ser atendido por la SSocial, pero prestación económica no.
Sin paro y sin trabajo ¿se puede coger la baja?
06/12/2011 21:51
Buenas tardes amigos;hoy la consulta no es para mí sino para mi cuñado a quien le he dicho que vosotros nos ayudariais a entender.Vereis le acaban de dar de alta despues de 15 meses de baja y eso que esta en lista de espera para operar, pero le han dicho muy amablemente que cuando vayan a operarle puede coger otra vez la baja.Pero la preocupacion que tenemos es que él como tantos otros está en el paro y por cierto a punto de acabarsele,(porque se lo ha consumido con la baja)y entonces, si cuando le llaman para operar no esta trabajando y tampoco le queda paro¿tiene derecho a una baja?¿y quien le paga? porque si no hay empresa no hay mutua... y todo esto le esta sacando de quicio y a mi hermana tambien...por favor nos podeis contestar algo que nos aclare la situación? MUCHAS GRACIAS.