Buenos dias, ha tenido un inquilino el cual me comunico por tlef. y e-mail con tiempo suficiente, que dejaba el piso por motivos laborales, ha sido buen inquilino se fué y me dejo las llaves dentro y me dijo que como yo tenia más llaves que habia pensado que no habria problema en dejarla en el interior, le he llamado un par de veces para firmar el desistimiento o rescisión por su parte y que yo no le voy a reclamar nada solo el contrato penaliza la finalización anticipada con la fianza depositada, el ha estado de acuerdo y el asunto es el siguiente.
El piso lo he vuelto ha alquilar, sin rescindir el contrato anterior, pues este hombre no he vuelto ha saber más de él, yo no sé el alcance que pudiera tener caso de que el anterior inquilino hiciera valer su condición, cosa que no creo ¿pero?
Como podria yo demostrar la realidad de los echos, pues dejó de ser inquilino mío por desistimiento ¿valdría el e-mail en el que me da incluso fecha de desalojo?, espero alguna opinión, gracias
Hola dopaco. La devolución de las llaves por parte de la parte arrendataria es entendida como devolución de la posesión y, por ende, de resolución del vínculo contractual.
Para que usted esté más tranquilo sería suficiente con que su arrendatario le enviara un escriro firmado por él en el que conste que el día X del mes Y del.. hizo entrega de las llaves a la parte arrendadora.