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sin fianza...denuncia

4 Comentarios
 
Sin fianza...denuncia
22/03/2014 02:30
Buenas tardes,

Hace 4 meses me fui de alquiler a una habitación, la propietaria me pidió un mes de fianza y 1 mes de aviso para devolverme la misma en el caso de que dejase el piso.

No hay contrato, nada. Yo he pagado todas mis cuotas a tiempo e incluso comprado cosas para la casa, pero por causas mayores la avisé con 15 días de que tenía que dejar el piso (Día 17 de marzo). Su respuesta inicial: si encuentro a alguien antes del día 1 de abril te vas del piso y te devuelvo la fianza, sino te quedas un mes más. (Mucha cara tiene...)

La he pedido encarecidamente que por favor me lo devuelva, que sino con qué vivo y que yo me voy igualmente el 1 de abril. Nada.

Se que la situación de su arrendamiento es ilegal: alquila habitaciones sin contrato de un piso de protección oficial, encima!! Me planteo denunciar la situación, ¿qué ocurriria si lo hago?
¿puedo exigir (sin denuncia) la devolución de la fianza si no hay contrato?

Mil gracias!!

24/03/2014 10:31
A priori, sí podría solicitar la devolución de la fianza aunque no exista contrato por escrito, porque contrato SÍ EXISTE, pero es verbal. Obviamente, en un procedimiento civil, la propietaria va a negar tajantemente que haya tenido ninguna relación contigo y por supuesto que nunca a arrendado su vivienda de VPO (puesto que es ilegal). Por tanto la dificultad está en probar que el contrato verbal efectivamente existe y que le entregaste la fianza.

¿Cómo podrías probarlo? mediante recibos que te haya dado si le has pagado la mensualidad en metalico, o mediante estractos bancarios si el pago lo realizarte mediante ingreso en cuenta bancaria. Si dispones de algún recibo o documento donde ponga la cantidad de la fianza igualmente deberías aportarlo. Sino dispones de nada de eso, la cosa se complica. Ya tendrías que pensar en testigos, y en ese caso ya no te aseguro ni siquiera cierto éxito en tus pretensiones.

Creo que el hecho de hacer el arrendamiento en las condiciones en que lo hiciste se debe a imposición de la propietaria y a necesidad de vivienda por tu parte. Para la próxima, si va a ser un arrendamiento fraudulento como éste, y si te ves en la necesidad de hacerlo de esa manera, que al menos no te pidan la fianza (encima!).

Siento no poder darte mejores noticias, recibe un saludo,

AR.Abogada, Alicante.
24/03/2014 11:14
Buenos días!!

Mil gracias por la respuesta, me ha sido de muchísima ayuda, aunque en mi caso no existen recibos, le propuse domiciliarselo y lo denegó.

También le hice pagarés y nunca los firmaba, por lo que no tengo nada de nada. ¿Lo único? Las fotos en Internet del alquiler de las habitaciones, la mia y la de mis compañeros, las cuales pienso utilizar para fundamentar la denuncia, porque si, pienso denunciar.

Me ha dicho que me devolvía la mitad, la cogeré porque si no no vería ni un lastimero euro. Mis pretensiones no son monetarias, lo único que quiero es que se deje de aprovechar de personas que, como bien indicas en tu respuesta, lo necesitamos.

Solo una última pregunta, ¿dónde y cómo he de interponer la denuncia? Me han comentado que he de pagar por ponerla, ¿es cierto?

Mil gracias de nuevo!! Muy amable.
24/03/2014 12:05
Hola de nuevo, y perdóneme que le corrija en cuanto a la terminología que usa, ya que es importante en atención a diferenciar si nos referimos a una vía penal o civil. Es un error muy común utilizar el término "denuncia" para referirnos a cualquier escrito que interponemos en un Juzgado, pero debemos tener en cuenta que una denuncia implica acudir a la vía penal, algo que en su caso no puede ser. Usted deberá interponer una demanda, que es el término que se debe utilizar para hacer referencia al escrito que inicia un proceso civil.

Aclarado esto, sí, para demandar ahora mismo es necesario liquidar una tasa (maldito Gallardón) que se calcula con una cuantía fija por tipo de procedimiento más un porcentaje variable según la cuantía del procedimiento. A ésto debe usted sumar su Abogad@ y su Procurador/a. Aunque si no dispone de recursos economicos suficientes, podrá solicitar el beneficio de justicia gratuita, de manera que a esos profesionales les pagará el Estado.

Por último, si va a coger la mitad de la fianza, ésto debe hacérselo saber a su Abogad@ para que cuando redacte la demanda, ponga que se solicitó la devolución íntegra, que hubo una primera negación, y que después se devolvió la mitad y que ahora usted está solicitando el resto (yo pondría toda esta sucesión de hechos para que al Juez le quede claro que la arrendatario ha estado retrasando la devolución deliberadamente). Tenga en cuenta que desde que usted solicitó la devolución de la fianza, el incumplimiento genera intereses.

Reciba un saludo,

AR.Abogada, Alicante.
24/03/2014 12:24
Se me olvidó comentarle, que los gastos del procedimiento serán reembolsables si el juez falla a su favor, pues habrá condena en costas, y será la parte que pierda el procedimiento quien deba pagar el procurado y el abogado de la otra parte. En cuanto a la condena en costas se usa el criterio del vencimiento: por lo que el que vea rechazadas sus pretensiones, será el que deba correr con las costas.