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sin comunidad

2 Comentarios
 
Sin comunidad
10/12/2006 15:41
Durante el periodo de tiempo entre la entrega de llaves a todos los vecinos (que va a llevar tiempo) y la constitución de la comunidad, se pueden realizar modificaciones en la fachada (rejas, toldos,..) o posteriormente la comunidad una vez constituida puede iniciar acciones en contra. Gracias
10/12/2006 20:30
Suele incluirse en la escritura los estatutos por los que deberá regirse la comunidad y la aceptación de los mismo por el comprador; por tanto, si se hacen obras contraviniendo esos estatutos podrá la comunidad, una vez constituida, iniciar acciones contra el infractor.

Salvor mejor criterio.

Salu2
10/12/2006 21:40
Gracias por tu ayuda, pero y en el supuesto de que no me entregasen los estatutos?