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Sin carencia por it y complemento empresa

1 Comentarios
 
09/09/2018 10:35
Sol185
Hola. Si por convenio está prevista esta situación, la empresa debe pagarle y cotizarle como si tuviese cubierto el período de carencia.Saludos.
Sin carencia por it y complemento empresa
07/09/2018 20:00
Buenas tardes, un trabajador que no tiene carencia, cae de baja por it, la empresa por convenio ha de pagarle hasta satisfacer su retribución básica hasta que sea cubierto dicho periodo de carencia.
En la nómina se incluye ese complemento, la empresa cotiza por él en la cuota empresarial, pero ¿se incluiría también en la cuota obrera?

Gracias