Mi padre hizo alegaciones ante el organo correspondiente sobre una Propuesta de Jubilacion Desestimada , de esto hace 4 meses . Mi pregunta es si debieramos de pedir Certificado de Silencio Administrativo , tengo entendido que pasados tres meses es Desestimatorio ya que segun la Ley 30/1992 al ser una peticion de incapacidad es Desestimatorio pero no estoy seguro . Desearia que alguien del foro me informara ya que dicha ley da a confusion . Creo que debieramos hacer ya un contencioso administrativo y no esperar a la resolucion , que creo que tienen un tope de 6 meses para resolver ¡ Gracias !