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silencio administrativo

4 Comentarios
 
Silencio administrativo
05/05/2010 10:25
He puesto una reclamación patrimonial al ayto de gijon por caida en la acera pública, mi pregunta es que plazo tiene el ayto para responder.gracias
05/05/2010 11:06
Hola monicafp.

Para resolver tres meses y para notificartelo seis. Estas reclamaciones se ajustan al procedimiento administrativo común (Ley 30/92). Estos plazos estan regulados en el articulo 42 de esta Ley.

Saludos.
05/05/2010 11:45
Si se ajustan a la mencionada Ley, son tres meses para resolver y notificártelo y a partir de esos tres meses hay que tener cuidado con los plazos porque si se pasan se pierde la reclamación. Ponga esto en manos de especialistas.
05/05/2010 23:06
Si no recuerdo mal el plazo para contestar en reclamaciones patrimoniales son seis meses, y el silencio es desestimatorio.

Y no cabe recurso de alzada.
perfil ABQ
06/05/2010 13:43
Efectivamente, el silencio son seis meses (art. 13 del Reglamento del Procedimiento de la Administración sobre Responsabilidad Patrimonial, Real Decreto 429/1993, de 26 marzo). Sin embargo, al ser el silencio negativo, pero tener derecho a que resuelvan expresamente, no hay problema con que prescriba la reclamación una vez pasados esos 6 meses, siempre puedes solicitar que te emitan certificación de acto presunto o se pronuncien expresamente y, a partir de ahí, tendrías el plazo para el contencioso.