Se me inicio (de oficio) un procedimiento administrativo en dic2007 en un organismo del estado. mediante resolucion directoral deje de pertenecer a dicho organismo el 04jun08. el 24jun2008, presente recurso de reconsideracion (dentro de los 15 dias segun ley), al presentar nuevas pruebas, pero hasta la fecha (oct2008) no obtengo respuesta. ¿ procede en este caso el silencio administrativo y cual ?