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silencio administrativo

2 Comentarios
 
18/03/2004 12:53
verás charo, es que el recurso de reposición, no se te desestimó, simplemente, fue declarado inadmisible, por estar fuera de plazo, por tanto no puedes acudir a la via contenciosa, sin que antes se te haya resuelto en sentido positivo o negativo el recurso de reposición (via administrativa), cosa que en este caso no se te produjo por haberlo presentado fuera de plazo,las destimación y la inadmisión son dos cosas distintas, ya que en la inadmisión el organo judicial es que no llega a entrar a conocer el fondo del asunto.Suerte, espero haberte aclarado algo
16/03/2004 12:20
Charo: lo siento pero es así. Los plazos tienen caracter preclusivo y lo tienes muy dificil. Presentarlo fuera de plazo es quedarte sin defensa. Mira a ver, según la cuestión de fondo si estas en alguno de los supuestos para el recurso extraordinario de revisión.
Suerte, Un saludo
Silencio administrativo
15/03/2004 17:52
En su dia interpuse un recurso de reposición frente a una sanción
urbanística. Lo interpuse un dia fuera de plazo y el ayuntamiento no me
contesto denegándo el recurso por extemporáneo por lo que transcurrido un
mes sin haber recibido notificación, entendí que me lo desestimaba por
silencio negativo.
>Posteriormente dentro de plazo interpuse el correspondiente recurso
contencioso administrativo y cuando el Juzgado notifico al ayuntamiento para
que remitiera el expediente, el ayuntamiento dicta resolución notificándo la
denegacion del recurso interpuesto en su dia, alegando que se presento fuera
de plazo.
>
>Pregunta: se puede declarar como inadmisible mi recurso contencioso en base
a esta resolución tardía?