Denuncié en el ayuntamiento una infracción urbanística en la que un particular cerraba un camino que segun el PGOU es público. El ayuntamiento no me ha contestado y el otro día hablando con un concejal, me dijo que lo entendiese como silencio admisnistrativo, es decir como respuesta administrativa negativa.¿Alguien me podría explicar qué significa exactamente esto? ¿Quiere decir que me dan la razón o que me la quitan? ¿No están obligados a contestarme por escrito y razonando los motivos? He solicitado el expediente en numerosas ocasiones y me dan la callada por respuesta¿qué puedo hacer?Gracias a quien me aporte algo de información.