Con fecha 1-7-05 solicito al ayntamiento certificado de parcelación el 19-10-05 me solicitan aportar nota simple del registro y tasas por expedición de documento de servicios urbanisticos. Con fecha 26-10-05 los presento y hasta el día de hoy no he recibido nada. ¿puedo solicitar el silencio adminisgtrativo? Gracias
Bueno, la transmisión de una cuota indivisa de una parcela con derecho de uso privativo exclusivo es una parcelación. El registrador aplica el principio de presunción de parcelación urbanística. No se si es tu caso, quzás lo que esperas es un certificado de innecesariedad de licencia de parcelacion.
Cuando yo adquirí el % de la parcela, me la registraron, ahora es cuando para vender, el registrador pide un certificado del ayuntamiento, luego pienso que yo no estoy parcelando nada, puesto que vendo todo mi %.
Pero ten en cuenta que por silencio administrativo no se pueden adquirir facultades contrarias a la ley. Con esto quiero decir que si la parcelación que solicitas no es viable por aplicación de lo que determine la ley de urbanismo de tu comunidad, no vayas a pensar que por que no te hayan contestado en tiempo y forma la tienes concedida en virtud del silencio administrativo.
una vez que presente la documentacion solicitada, ¿ en el plazo de diez días me tienen que contestar y de lo contrario puedo solicitar el silencio administrativo ?
El plazo queda interrumpido desde la fecha de la peticion del documento, hasta la entrega de la documentacion solicitada. Pero no se inicia un nuevo plazo, sino que se continua con lo que faltaba del anterior.
Tengo solicitado certificado de parcelación y cuando faltan 10 días para cumplir el plazo de contestación , me piden nota simple registral actualizada y pago de tasas por expedición de documento de servicios urbanisticos. ¿Tienen otros cuatro meses para contestar ? ¿cuando se cumple el silencio administrativo ? Gracias.